¿EN COLOMBIA SE RESPETA EL PRINCIPIO NON BIS IN ÍDEM?

Contenido principal del artículo

Ángela María Jimena Jiménez-García

Resumen

El carácter absoluto del principio non bis in Ídem puede ser objeto de discusión, de manera que al reconocerse tanto a la jurisdicción como a la administración facultades sancionatorias frente a los asociados, surge la evidente posibilidad de juzgar y/o sancionar a una misma persona por los mismos hechos en distintos regímenes jurídicos, lo cual a primera vista develaría la posible incursión en la prohibición del bis in Ídem. El ordenamiento jurídico Colombiano no escapa a esta eventualidad jurídica, situación que instará el presente trabajo para determinar desde un punto de vista reflexivo si a la luz del marco normativo nacional se respeta el non bis in ídem, particularmente desde la perspectiva del derecho sancionador. Para cumplir este objetivo académico es vital hacer primero una aproximación conceptual, histórica y comparada del non bis in Ídem como objeto de estudio, que permita proyectarlo ante la disyuntiva descrita de concurrencia de investigaciones y sanciones.

Detalles del artículo

Sección
Artículos Núm. 24
Biografía del autor/a

Ángela María Jimena Jiménez-García

Especialista en Derecho Administrativo de la Universidad Externado de Colombia. Docente investigadora de Unitrópico Directora del Grupo de Investigación INDECCO. Ex Directora del Programa de Derecho de Unitrópico. Miembro fundador del comité de Bioética de Unitrópico.

Citas

Albero, R. G. (1995). Non bis in Ídem. Material y concurso de leyes penales. Barcelona: Cedecs.
Asamblea Nacional Constituyente. (s.f.). Gacetas Constitucionales. (82 - 83), 11-12-13.
Barbosa, P. A. (2008). El principio non bis in Ídem como pilar fundamental del estado de derecho. Aspectos esenciales para su configuración. Novum Jus, II, 101-124
Cabrera-Paredes, R. A. (2011). La reincidencia vulnera el “non bis in Ídem”. Revista Ciencia Amazónica, I(1), 81-92.
Perdomo, A. P. (1998). Derecho Penal en Colombia. Obtenido de www. derechopenalcolombia.blogspot.com/205/08/el-principio-del-non-biÍdemen.html
Procuraduría General de la Nación. (2007). Lecciones de Derecho Disciplinario (Vol. II). Colombia.

Trayter, J. M. (1992). Manual de Derecho Disciplinario de los Funcionarios Públicos. Madrid: Marcial Pons.

Villalba, F. J. (1998). Acumulación de sanciones penales y administrativas: sentido y alcance del principio “ne bis in Ídem”. Barcelona: Bosch.
Código de procedimiento administrativo y de lo contencioso-administrativo. Ley 1437 de 2011. Art. 3. Enero 18 de 2011.
Código de procedimiento penal. Ley 906 de 2004. Art.12. Agosto 31 de 2004.
Código disciplinario del abogado. Ley 1123 de 2007. Art. 9. Enero 22 de 2007.
Código disciplinario único. Ley 734 de 2002. Art. 11. Febrero 5 de 2002.
Código penal militar. Ley 1407 de 2006. Art. 192. Agosto 17 de 2010.
Código Penal. Ley 600 de 2000. Art. 8. Julio 24 de 2000.
Constitución Política de Colombia. Art. 29. Julio 20 de 1991.
Corte Constitucional. Sentencia C-088 de 2002 (Magistrado ponente Eduardo Montealegre Lynett; 2 de febrero de 2000).
Corte Constitucional. Sentencia C-703 de 2010. (Magistrado ponente Gabriel Mendoza; 6 de septiembre de 2010).
57
Corte Constitucional. Sentencia 870 de 2002. (Magistrado ponente Manuel José Cepeda Espinosa: 15 de octubre de 2002).
Corte Constitucional. Sentencia C – 244 de 1996. (Magistrado ponente Carlos Gaviria Díaz. 30 de mayo de 1996).
Corte Constitucional. Sentencia C-554 de 2001. (Magistrado ponente Clara Inés Vargas Hernández; 30 de mayo de 2001)
Ley 1333 de 2009. Por la cual se establece el procedimiento sancionatorio ambiental y se dictan otras disposiciones. Julio 21 de 2009. Diario Oficial No. 47.417.
Ley 6ª de 1992. Por la cual se expiden normas en materia tributaria, se otorgan facultades para emitir títulos de deuda pública interna, se dispone un ajuste de pensiones del sector público nacional y se dictan otras disposiciones. Junio 30 de 1992. Diario oficial No. 40490.
Resolución 3140 de 2011. Por medio de la cual se desarrolla el procedimiento administrativo sancionatorio previsto en el artículo 128 de la Ley 1438 de 2011, aplicable por la Superintendencia Nacional de Salud a sus vigilados. Noviembre 4 de 2011. [Superintendencia Nacional de Salud].
Tribunal Constitucional de España. Sentencia 77 de 1983. (3 de octubre de 1983)