Restriction de la liberté individuelle par les autorités de police - mécanisme de protection des droits de l'homme? le cas de la municipalité de muzo-boyacá

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Edgar Andrés Martínez Triana

Résumé

Avec la promulgation du nouveau Code national de la police et de la coexistence (loi 1801 de 2016), le débat sur les pouvoirs conférés aux autorités policieres, liés a la fonction de prévention de la criminalité et de protection del vie, établis dans les articles 2 et 218 de la Constitution politique de 1991, a refait surface, en vertu desquels elles peuvent restreindre la liberté personnelle dans les cas et pour les raisons établis par la loi. Dans le passé, sous le précédent code de police (décret 1355 de 1970), ce type de mesure a été déclaré inconstitutionnel par la Cour constitutionnelle, au motif qu'il violait le principe de réserve judiciaire et était disproportionné par rapport au but poursuivi. Récemment, l'arret C-281 de la Cour constitutionnelle du13 juin 2017 a introduit un changement dans la ligne de la jurisprudence, en indiquant que les dispositions du code ne peuvent etre appliquées que dans les municipalités qui disposent de lieux adéquats pour la prise en charge et la protection des personnes transférées. L'analyse menée sur le sujet visait a déterminer si la maniere dont les autorités de police restreignent la liberté individuelle violé ou protege les droits de l 'homme des habitants de la municipalité de Muzo Boyacá.

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Rubrique
Articulos PI Vol. 32
Biographie de l'auteur

Edgar Andrés Martínez Triana

Comisario de Familia del municipio de Muzo Boyacá, Abogado, Especialista en ProcedimientoPenal Constitucional y Justicia Militar,  Artículo resultado de la investigación desarrollada para optar por el título de Magister en Derechos Humanos de la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia. Adscrito al grupo de investigación CODEL

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