EL ‘PRECEDENTE JUDICIAL’: UNA FIGURA AJENA AL SISTEMA COLOMBIANO DE FUENTES DEL DERECHO

Contenido principal del artículo

Édison Gonzalo Porras-López

Resumen

El análisis del tema del “precedente judicial” o “jurisprudencial”, a la luz de las normas constitucionales y legales pertinentes, de la jurisprudencia de la Corte Constitucional y de lo señalado por dos (2) doctrinantes, cuya autoridad sobre el tema es ampliamente reconocida los doctores Diego Eduardo López Medina  y Carlos Bernal Pulido-, me ha permitido concluir, como pretendo demostrarlo en el presente ensayo, que esta figura resulta extraña a la organización jurídico-política del Estado Colombiano, así como a la práctica judicial que dentro del mismo se desarrolla.En efecto, basta con observar la definición de “precedente judicial” , para notar que dicha figura no se ajusta al diseño del sistema de fuentes en el derecho colombiano, en el cual apenas otorga a la jurisprudencia el carácter de fuente supletoria formal de derecho, así como de criterio auxiliar de la actividad judicial; de suerte que en un sistema jurídico-político donde las decisiones judiciales constituyen fuente formal supletoria del derecho y criterio orientador, no vinculante, de la actividad judicial, la calidad de fuente formal principal del derecho y criterio vinculante de la labor de los jueces, que la Corte Constitucional le ha otorgado a su doctrina sobre los derechos humanos contenida en las sentencias de revisión de fallos de tutela, así como a la jurisprudencia constante de las denominadas Altas Cortes, carece de soporte jurídico.La marcada influencia del derecho anglosajón en nuestro ordenamiento jurídico, y en la interpretación constitucional hace que los jueces hoy vinculen en sus decisiones no solo el contenido legal, sino las decisiones de jueces superiores especialmente en materia de derechos humanos, estructurándose así una nueva forma de entender el derecho, fundamentada, ya no, en el modelo positivista, sino a través de la interpretación sistemática que hace la corte sobre los derechos y en especial los consagrados en la propia constitución, aplicando criterios de equidad y proporcionalidad, para ser aplicados en la solución de casos futuros.

Detalles del artículo

Sección
Artículos Núm. 25
Biografía del autor/a

Édison Gonzalo Porras-López

Magíster en Derecho Procesal de la Universidad Externado de Colombia; dedicado a la docencia y al litigio

Citas

Alexy, R. (2002). “Teoría de los Derechos Fundamentales”. Madrid: Centro de estudios políticos y constitucionales.
Ardiles, J. (2004). “Los diseños normativos en el Marco del Estado Constitucional”. Madrid: Libertad.
Balaguer, F. (1999). “Derecho Constitucional”. Vol. I. Madrid: Editorial Tecnos S. A.
Bernal C. (2005). “El derecho de los derechos”. Bogotá: Universidad Externado de Colombia.
Capelleti, M. (1986). “¿Renegar de Montesquieu, la expansión y la legitimidad de la justicia constitucional?” En: Revista Española de Derecho Constitucional Nº17.
Carpizo, J. (1.991). “La interpretación constitucional en México”, en: “Estudios constitucionales”. 3ª ed., México: Porrúa.
Charry, J. (1992). “La acción de tutela”. Bogotá: Temis.
Couture, E. (1978). “Estudios de derecho procesal civil”. Tomo I. Buenos Aires: Depalma.
De Francisci, P. (1961). “Puntos de orientación para el estudio del derecho”. Barcelona.
Díaz, E. (1997). “Estado de Derecho y sociedad democrática”. Madrid: Taurus.
95
Duhamel, O. y Cepeda, M. (S.F.). “Las democracias: Entre el derecho constitucional y la política”. 1ª ed. Bogotá, D.C.: Tercer Mundo, S.A.
Dworkin, R. (1984). “Los derechos en serio”. Barcelona: Ariel.
Esguerra Portocarrero, J. (2010). “La protección constitucional del ciudadano”. Bogotá: Legis.
Ezquiaga Ganuzas, F. (1987). “La Argumentación en la Justicia Constitucional Española”. Bilbao: Instituto Vasco de Administración Pública.
Fernández, E. (1985) “Derecho justo. Fundamentos de la ética jurídica”. Madrid: Editorial Civitas.
________ (1972). “Estado, Sociedad Civil y Democracia”. 4ª ed. Madrid: Cuadernos para el Diálogo.
Fioravanti, M. (2001). “Constitución: De la antigüedad a nuestros días”. Madrid: Trotta.
________(1996) “Los Derechos Fundamentales: Apuntes de Historia de las Constituciones”. Madrid, Trotta.
Figueroa, E. (2012) “El proceso de amparo: alcances, dilemas y perspectivas”. En: Derecho Procesal Constitucional, Tomo III, Vol. II. Bogotá: VC Editores Ltda.
Fix-Zamudio, H. (1984 )“El juicio de amparo mexicano y el derecho constitucional comparado”. Tomo X. México: Editorial del Colegio Nacional.
García, E, et al. (1980). “La Constitución Española de 1978”. 2ª ed. Madrid: Civitas.
García, M. (1977). “Las transformaciones del Estado contemporáneo”. Madrid, Alianza Editorial.
Gaviria, C. (1991). Asamblea Nacional Constituyente de 17 de abril de 1991.
González, J. (2003). “El futuro de la acción de tutela en Colombia” En: “El derecho de tutela, vigencia y futuro”. Seminario sobre la tutela y el derecho de amparo. Corporación escenarios. Universidad de Salamanca Centro Cultural en Bogotá: Cátedra Colombia. Bogotá: Ibáñez Ltda.
96
Guastini, R. (2001). “La Constitucionalización del Ordenamiento Jurídico: El caso Italiano”. En: Estudios de Teoría Constitucional. México. UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas.
Haberle, P. (1997). “El recurso de amparo en el sistema Germano federal de jurisdicción constitucional”. En: García Belande, Domingo y Francisco Fernández Segado. La jurisdicción constitucional en Iberoamérica. Madrid: Dykinson,
_______. (2003) “El Estado Constitucional”. Traducción de Diego Valadéz. Perú: Fondo editorial de la Pontifica Universidad Católica del Perú.
Hoerster, N. (1993). “Acerca del significado del principio de la dignidad humana”, artículo incluido en el libro “En defensa del positivismo jurídico”. Barcelona, Gedisa Editorial.
Hoyos, A. (1993). “La interpretación constitucional”. Santafé de Bogotá: Editorial Temis, S.A.
Landa, C. (2010). “Los Procesos constitucionales en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional”. Perú: Palestra.
López, D. (2006). “Interpretación Constitucional”. 2ª ed. Consejo superior de la judicatura: Escuela Judicial Rodrigo Lara Bonilla. Bogotá.
Limbach, J. (2000). “Función y significado del recurso constitucional en Alemania”. En: Cuestiones constitucionales. N° 3: Universidad Autónoma de México, México.
Llorente, R. (1993). “La forma del poder”. Madrid: Centro de estudios constitucionales.
Mazabel, M. (2010). Memorias del I Congreso Colombiano de Derecho Procesal Constitucional. Bogotá: VC Editores Ltda.
Martíñez, F. et al. (S.F.) “Ciencia política: nuevos contextos, nuevos desafíos”. 1ª ed. México, D.F.: Editorial Limusa, S.A.
97
Monroy, M. (2001) “El futuro de la acción de tutela en Colombia” En: “El derecho de tutela, vigencia y futuro. Seminario sobre la tutela y el derecho de amparo-Corporación escenarios Universidad de Salamanca. Centro Cultural en Bogotá Cátedra Colombia: Ibáñez Ltda.
Montero, J. (2014). “La paradoja procesal”. Madrid: Tirant lo Blanch.
Nogueira, H. (1997). “Dogmática Constitucional”. Chile: Universidad de Talca.
Palomino, J. (2011). “Estudios de Derecho Procesal Constitucional”. Bogotá: Editores Ltda.
Ramírez, J. (2004). “Principios constituciones del derecho procesal”. 1ª reimpr., Medellín: Señal Editora.
Roig, R. et al. (1996). “Ética, poder y derecho: Reflexiones ante el fin de siglo”, en: “Valores, derechos y Estado a finales del siglo XX”. Madrid: Editorial Dykinson.
Schmitt, C. (s.f.). “Teoría de la constitución”. Madrid: Alianza Editorial.
Valencia, H. (1999). “Nomoárquica, Principialística o los Principios Generales del Derecho”. 2ª ed. Bogotá: Temis.
Vega, P. (1987). “Estudios políticos constitucionales”. México: Universidad Autónoma de México.
Villamil, E. (1999). “Teoría constitucional del proceso”. Bogotá: Ediciones Doctrina y Ley Ltda.
Weschler, J. (1993). “Derecho Constitucional Latinoamericano”. México, D. F.: Universidad Autónoma de México.
Zagrebelsky, G. (1995). “El derecho dúctil: Ley, derecho justicia”. Madrid: Trotta.
Zintl, R. (1993). “Neoliberalismo y Estado Social”, en: “Doxa, Cuadernos de filosofía del derecho”, num. 13. Alicante (España).