LAS IMPUREZAS DE LA TEORÍA IMPURA DEL DERECHO. LA ADAPTACIÓN DE LA TEORÍA PURA DEL DERECHO DE NIETO ARTETA.

##plugins.themes.bootstrap3.article.main##

Carlos Alerto Perez

Resumo

La reciente obra del profesor Diego López Medina “Teoría impura del derecho”, al utilizar la crítica literaria del norteamericano Harold Bloom afirma que la obra “Teoría Pura del derecho” del profesor vienes Hans Kelsen por su sin igual creatividad científica tiene la calidad de canónica. La obra de Kelsen es transnacional y en sus viajes de transplante a países, en virtud del fenómeno de “misreding” los teóricos locales la tergiversan. Las múltiples deficiencias explicativas del fenómeno de la recepción teórica en países latinoamericanos requiere se utilice otro método que las supla las deficiencias de explicación y, además, tenga el mismo nivel de cientificidad. Utilizando la epistemológica evolutiva del profesor inglés Stephen Toulmin, la hipótesis de la ponencia sostiene que la interpretación de la Teoría Pura del Derecho, realizada por el teórico local Luis Nieto Arteta constituye una interpretación adaptada desde la filosofía general de los maestros Carlos Cossio y Luis Recasens Siches, y no constituye una mutación tergiversadora por ser aprendiz local. La hipótesis utiliza la concepción meta-teórica historicista la cual afirma que una teoría dentro de ambientes intelectuales en las que intervienen factores psicológicos individuales y socio-históricos subsiste si se adapta a tales ambientes.

##plugins.themes.bootstrap3.article.details##

Seção
Articulos PI Vol. 11

Referências

- Bloom , H. (1998) El canon occidental.
La escuela y los libros de
todas las épocas, traducc Damian
Alou, Edit. Anagrama. Tercera edición
Barcelona.
- --------- (1991) La angustias de las
influencias, edit. Monte Ávila. Caracas.
- Carrillo , R. (1957), Ambiente
axiológico de la teoría Pura del derecho.
Universidad Nacional de Colombia.
Bogotá.
- ------------, (1985) Filosofía del Derecho
como filosofía de la persona,
en la filosofía en Colombia, compilador
Rubén Sierra Mejía, Edit. procultura,
Bogotá.
- De Aguiar e Silva , V.(1975).
Teoría de la literatura, edit. Gredos
traducc Valentín García Yebra. Madrid.
- Jani k, R. y Toulmin , S. (1974).
La Viena de Wittegenstein, Edit.
Taurus, Madrid.
- Jaramillo , J. (2001). El pensamiento
colombiano en el siglo XIX,
Edit. Alfa Omega Bogotá.
- Jaramillo , R. (1998). Colombia:
la modernidad postergada, Edit Gerardo
Rivas Moreno, Bogotá.
- Kelsen , H. (1977). La teoría pura
del derecho. Traducc Roberto Vernengo,
Edit. Universidad Nacional
Autonóma de México.
- Lópe z, D. (2004). La Teoría impura
del derecho. La transformación de
la cultura jurídica latinoamericana.
Edit. Legis Bogotá.
- Lorite , J. (1982). El animal paradójico.
Fundamentos de antropología
filosófica. Edit alianza Universidad
.Madrid.
- Nieto , Arteta, L.(…..). Economía y
cultura en la historia de Colombia.
Edit. Universidad Nacional de Colombia,
Bogotá.
- -------- (1945). La interpretación
exacta de la teoría pura del derecho.
Universidad de Antioquia. Medellín.
- -------- (1976). La interpretación de
las normas jurídicas. editorial el
Tiempo presente. Bogotá.
- Pére z, A.R. (1998). Modelos de
cambio científico. en Investigación
y teoría científica edit. Iberoamericana.
- Toulmin , S. (1958). La comprensión
humana. Edit. Ariel. Madrid.
- Villar , L. (1991). Kelsen en Colombia.
edit. Temis, Bogotá.