TENSIONS GÉNÉRÉES ENTRE LE DROIT À UN LOGEMENT DÉCENT ET PROTECTION DES CONSOMMATEURS RÈGLES D’INTERPRÉTATION DE MARCHÉ IMMOBILIER

##plugins.themes.bootstrap3.article.main##

Jorge Mario Franco-Vélez

Résumé

L’article fait un examen de la principale progrès herméneutique a apporté aux con­sommateurs des contrats avec la propriété à la lumière du droit à un logement adéquat, faire un tour de la doctrine, des règlements et de la jurisprudence nationale. Le droit à un logement convenable a fourni droit constitutionnel à la sensibilité des consom­mateurs, grâce à la constitutionnalisation du droit privé, a reconnu le juge des tutelles en tant que garant de relations, y compris celles générées par les individus, où plus le centre normative du Code civil réglementation des relations entre les individus générés.

##plugins.themes.bootstrap3.article.details##

Rubrique
Artículos Núm. 23
Biographie de l'auteur

Jorge Mario Franco-Vélez

Abogado y candidato a magíster en Derecho Privado de la Universidad Nacional de Rosario, Argentina. Docente investigador del grupo de investigación PÓLEMOS COL0111291.

Références

Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil (Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil 16 de diciembre de 1968).
Constitución Política de Colombia. (1991).
Sentencia C-444 de 2009, C-444 (Corte Constitucional de Colombia 2009).
Ámbito Jurídico. (21 de marzo de 2014). Ámbito Jurídico. Recuperado el 23 de marzo de 2015, de http://www.ambitojuridico.com/BancoConocimiento/N/noti-140321-04tu-tela_del_derecho_fundamental_a_la_vivienda_digna_procede_de_/noti-140321-04tu-tela_del_derecho_fundamental_a_la_vivienda_digna_procede_de_.asp?CanV=115
Arévalo, G. I. (2012). Bienes: constitucionalización del derecho civil. Bogotá: Universidad Externado de Colombia.
Benjamín, A. H. (s.f.). Gobierno de España: Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igual¬dad. Recuperado el 23 de enero de 2015, de Instituto Nacional del Consumo: http:// consumo-inc.gob.es/publicac/EC/1992/EC24/EC24_01.pdf
Cámara de Comercio. (2013). Foro del Jurista. Recuperado el 25 de febrero de 2015, de Una mirada a la aplicación de la Ley 1480 de 2011: http://www.camaramedellin. com.co/site/Portals/0/Documentos/Biblioteca/EstudiosJuridicos/Foro%20del%20 jurista_PDF%20interactivo_17oct2012.pdf
Gialdino, R. E. (2012). Derecho internacional de los derechos humanos: principios, fuentes, interpretación y obligaciones. Buenos Aires: AbeledoPerrot.
Kemelmajer, D. C. (1995). Protección Jurídica de la Vivienda Familiar. Separata de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional de Cuyo.
Kemelmajer, D. C. (2007). Constitucionalización del derecho privado de las personas. En D. C. Kemelmajer, Constitucionalización del derecho privado: actas del tercer congreso. Bogotá: Association Andrés Bello Des Juristes Franco-Latino-Américains .
Monsalve, Á. O. (2013). Manual de Obligaciones. Bogotá: Temis.
Moreno Ortíz, L. (2013). El riesgo constitucional en la interpretación de los contratos. Bogotá: Universidad Sergio Arboleda.
Olano, G. A. (2006). El derecho a la vivienda digna en Colombia. Bogotá: Universidad de la Sabana.
Organización de Naciones Unidas (ONU). (1991). University of Minessota Human Rights Library. Obtenido de http://www1.umn.edu/humanrts/gencomm/epcom¬m4s.htm
Pisarello, G. (2003). Vivienda para todos: un derecho en (de)construcción, el derecho a una vivienda digna y adecuada como derecho exigible. Barcelona: Icaria Editorial.
Real Academia Española. (2014). Diccionario de la Real Academia Española.
Rusconi, D. (2009). Los derechos de los consumidores y usuarios. En D. Rusconi, Ma¬nual de derecho del consumidor (págs. 70-73). Buenos Aires: AbeledoPerrot.
Santana, M. L. (2012). Avance Jurisprudencial del Derecho a la Vivienda Digna en Colombia. Ratio Juris, 37 - 60.
Velandia, M. (2011). Derecho de la Competencia y del Consumo. Bogotá: Universidad Externado de Colombia.
Weingarten, C. (2013). La defensa de los consumidores en el ámbito normativo. En C. Ghersi, Manual de los Derechos de Usuarios y Consumidores (págs. 39-53). Buenos Aires: La Ley.