LA GUERRA EN EL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO. LA LUCHA CONTRA EL TERRORISMO DESPUÉS DEL 11S: NOTAS SOBRE EL RÉGIMEN TALIBÁN

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Eyder Bolivar

Resumen

Las civilizaciones han establecido normas para limitar la violencia, incluso en situación de guerra, pues ponerle límites, es la esencia misma de la civilización. La gran influencia religiosa en algunospueblos de la antigüedad, trae consigo cierta normatividad en la guerra con un fuerte carácter obligatorio, sobre la base jurídica y el ámbito deaplicación lo cual diferencia a las normas del derecho internacional humanitario contemporáneo y las normas de origen divino, mientras por otra parte estas normas no escritas, basadas en la costumbre, fueron las que regularon los conflictos armados en la gran mayoría de pueblos, y de manera progresiva, hicieron su aparición con tratados bilaterales;Aunque la obligación de los Estados de asistir a las poblaciones en situación de sufrimiento extremo se ha desarrollado especialmente en las últimas décadas no podemos olvidar que este es un productode la evolución de las costumbres humanitarias, así vemos como los usos reglamentaron algunas cuestiones de las hostilidades, el comportamiento de las fuerzas armadas en campaña, el respeto alas poblaciones civiles, los poderes del ocupante de territorio enemigo y adoptaron progresivamente los principios de necesidad -solo está justificado hacer uso de la cantidad y clase de fuerza necesariapara derrota del enemigo, lo cual implica que el derecho internacional humanitario, es un derecho de excepción, constituye el marco normativo del derecho internacional con tendencia a atenuar el daño ocasionado por un conflicto armado.

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Articulos PI Vol. 16

Citas

AMBOS, K. (2007). La lucha antiterrorista
tras el 11 de septiembre de 2001. Bogotá:
Universidad Externado de Colombia.
ABRISKETA URIARTE, J. (2004). Derechos
Humanos y Acción Humanitaria. Bilbao:
Itxaropena S.A.
BROTONS REMIRO, A. (2002). “Terrorismo,
mantenimiento de la paz y nuevo or-
den”. Revista Española de Derecho Internacional,
2001, 1 y 2, Vol. LIII. Asociación
española de Profesores de Derecho Internacional
y Relaciones Internacionales.
Madrid: Boletín Oficial del Estado.
BUGNION, F. (2001). Debate Humanitario:
Derecho, Políticas y Acción. Revista Internacional
de la Cruz Roja, No. 160. Ginebra:
Comité Internacional de la Cruz Roja.
CICR. (2005). Derecho Consuetudinario.
Internacional Review of the Red Cross, volumen
87, Numero 857. Ginebra: Comité
Internacional de la Cruz Roja.
CICR. (1983). Normas Fundamentales de
los Convenios de ginebra y sus Protocolos
Adicionales Conocimiento del Derecho
Humanitario, Ginebra: CICR.
CICR, OEA. (2007). Curso Introductorio
Sobre Derecho Internacional Humanitario.
Washington, D.C.: Oficina de Derecho
Internacional. Departamento de Asuntos
Jurídicos Internacionales, Secretaría General,
OEA.
COMITÉ INTERNACIONAL DE LA CRUZ
ROJA. (2003). Derecho Internacional Humanitario,
Respuesta a sus preguntas.
Ginebra: Comité Internacional de la Cruz
Roja.
CHETAIL, V. (2003). La contribución de la
Corte Internacional de Justicia, al derecho
internacional humanitario. Revista Internacional
de la Cruz Roja No. 84. Ginebra:
Comité Internacional de la Cruz Roja.
DAZA GONZALES, A. (2009), las pruebas
en el nuevo sistema procesal penal colombiano.
Universidad Santo Tomas. Tunja.
ECO, U.; GARZÓN, B.; GONZÁLEZ, F.;
GOYTISOLO, J.; KEPEL, G.; LE CARRÉ
RASHID, A.; RUSHDIE, S.; SAID, E.; ARAMAGO,
J.; SONTAG, S.; LLOSA VARGAS,
M. (2002). El mundo después del 11 de
septiembre de 2001, “Los hechos del 11 de
septiembre de 2001”. Barcelona España:
Península.
MÜNKLER, H. (2003). Las Guerras del Siglo
XXI. Revista Internacional de la Cruz
Roja, No. 849. Ginebra: Comité Internacional
de la Cruz Roja.
OLÁSOLO, A.; PÉREZ, CEPEDA, A. (2008).
Terrorismo Internacional y Conflicto Armado.
Valencia: Tirant lo Blanch.
ONODC, (2009). Manual de respuestas de
la justicia penal al terrorismo. New York:
Publicación de las Naciones Unidas.
PÉREZ GONZÁLEZ, M. (2000). Adaptación
de la legislación interna para la sanción
de las infracciones contra el derecho internacional
humanitario. La obligación
jurídico-internacional de adaptar la legislación
penal interna de los Estados para la
represión de las infracciones del derecho
internacional humanitario. Ginebra: CICR
PÉREZ GONZÁLEZ, M. (2002). Derecho
Internacional Humanitario. Centro de estudios
de derecho internacional humanitario.
España: Tirant monografías 225.
PELLANDINI, C. (2000). Adaptación de la
legislación interna para la sanción de las
infracciones contra el derecho internacional
humanitario. Servicio de asesoramiento
en derecho internacional humanitario.
Reunión de expertos de países iberoamericanos.
Ginebra: CICR.
URBINA, J. (2009). Acción internacional
humanitaria y responsabilidad de proteger
a las victimas de los conflictos armados,
en (RODRÍGUEZ, Manzano Irene, TEIJO,
García Carlos), Ayuda al desarrollo: Piezas
para un puzzle, Madrid: Los libros de la
Catarata.
RODRÍGUEZ, J. (2002). Derecho Internacional
Humanitario. Centro de estudios de
derecho internacional humanitario. España:
Tirant Monografías 225.
STOFFELS, R. (2004). La regulación jurídica
de la asistencia humanitaria en los
conflictos armados: logros y lagunas. Internacional
Review of the Red Cross, No.
855, volumen 86, Ginebra: CICR.
ZERAOUI, Z. (2008). Islam y política los
procesos políticos árabes contemporáneos.
México: Trillas.
ZERAOUI, Z. (2009). Medio Oriente: La
nueva geopolítica del poder Irán y el equilibrio
regional. Costa Rica: UCR.