DYNAMIC ANALYSIS OF JURISPRUDENCE REGARDING ONLINE REPLACING THE CONSTITUTION

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Diego Mauricio Higuera Jimenez

Abstract

The Constitution is founded on two main principles: democratic, typical of its sovereignty and popular exercise, and supremacy, why is positioned as superior law of these principles concurrent need to allow its reform and maintaining stability is derived, for avoid the stagnation of itself over time, just as weakness resulting flexibility is prevented in this dialectic found our theoretical analysis of constitutional law.The Colombian Constitutional Court has developed the doctrine of the impossibility of replacing the Constitution in the exercise of power reform, as this would be an excess in the competition who exercises that power, therefore, the Court could in these cases to exercise control constitutionality and declare unconstitutional the eventual reform. To verify as it has developed reconstruct the jurisprudential line and perform dynamic analysis.

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References

Aarnio, A. (1991). Lo racional como razonable: Un tratado sobre justificación jurídica. Madrid. Centro de Estudios Constitucionales.
Aragón Reyes, M. (1986). La interpretación de la Constitución y el carácter objetivado del control jurisdiccional. Madrid: Revista Española de Derecho Constitucional, número 17. Centro de Estudios Políticos y Constitucionales.
Austin, J.L. (S.F.) How to do things with words. Cambridge. Edited by F.O Urmson and Marina Sbisá.
Barak, A. (2011). Unconstitutional constitutional amendments. Israel law review. Vol. 44. The Hebrew University of Jerusalem. Jerusalem.
Barros Cantillo, N. (1994). La lógica del silogismo jurídico. Bogotá: Ediciones librería del profesional.
Berlia, G. (1945). De la compétence des assemblées constituantes. En: Revue de droit public. París: Librairie générale de droit et de jurisprudence.
Bernal Cano, N. (2004). Los efectos de las Decisiones de los Tribunales en Francia y en Colombia. Bogotá: Universidad de La Sabana.
Bernal Pulido, C. (2005). El derecho de los derechos. Bogotá. Universidad Externado de Colombia.
_________. (1999). En torno a la legitimidad de la jurisdicción constitucional y la objetividad en el control de la constitucionalidad de las leyes. Bogotá: Universidad Externado de Colombia.
_________. (2011). Justificación y significado de la doctrina de la sustitución de la Constitución, VII Encuentro Corte Constitucional diálogos con el mundo. Bogotá: Universidad Externado de Colombia.
Bobbio, N. (1997). Teoría General del Derecho. Bogotá: Temis.
Botero, C. & Jaramillo J. (2005). Conflicto de las altas cortes colombianas en torno a la tutela contra sentencias. Foro Constitucional Iberoamericano.
Brewer-Carias, A.(2009). La demolición de Estado de Derecho en Venezuela, reforma constitucional y fraude a la constitución (1999-2009). En: El cronista del Estado Social y Democrático de Derecho, Madrid, Nº 6, Editorial Iustel,.
Bryce, J. (1988). Constituciones flexibles y rígidas. Madrid: Centro de Estudios Constitucionales.
Cadavid, Á. Amézquita, A. Duarte, T. Gálvez, L. Hernández, H. Pinzón, L. Puentes, J. Suárez, C. y Delgado, N. (2011). La acción pública de inconstitucionalidad como recurso de casación. Semillero de Investigación en Derechos Humanos del mismo Grupo de Investigación de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario. Ponencia presentada en abril de 2011 en el encuentro regional de la Red Socio-Jurídica. Realizado en la Universidad Santo Tomás, Seccional Tunja.
Cajas Sarria, M. (2004). La reforma constitucional: límites de la Corte al Congreso. Cali: Icesi.
Calderón, A. L. F.; Velásquez, B. J. A., & Centro de Estudios Sociales Ciudad de Medellín. (2008). ¿Veinte años de democracia local en Colombia?: Memorias del encuentro nacional. Medellín, Colombia: Instituto Tecnológico Metropolitano.
Canotilho, J. J. G. (1982). Constituicão dirigente e vinculaç ão do legislador: ̧ Contributo para a compreensão das normas constitucionais programáticas. Coimbra: Coimbra Editora.
Carbonell, M. (2001). Sobre Constitucionalismo y Positivismo de Luís Prieto Sanchís. México: Editorial Fontamara.
Cárdenas, G. J., & Cárdenas García, Jaime. (2005). El procedimiento para la revisión integral de la Constitución de 1917. Universidad Nacional Autónoma de México: Instituto de Investigaciones Jurídicas.
Carré, M. R. (1998). Teoría general del estado. México: Facultad de derecho / UNAM.
Cepeda, E. M. J., & Gaviria, T. C. (1993). Introducción a la Constitución de 1991: Hacia un nuevo constitucionalismo. Bogotá: Presidencia de la República, Consejería para el Desarrollo de la Constitución.
Cicconetti, S. M. (1972). La revisione della costituzione. Padova: CEDAM.
Collett, T. S. (January 01, 2010). Judicial Independence and Accountability in an Age of Unconstitutional Constitutional Amendments. Loyola University of Chicago Law Journal, 41, 2, 327-350.
Colombo, M. P. (2011). Límites a las reformas constitucionales: Teoría de las clásulas pétreas. Ciudad de Buenos Aires: Editorial Astrea.
Colón-Ríos, J. I. (2013). La constitución de la democracia. Bogotá: Universidad Externado de Colombia.
Comanducci, P., & In Escudero, A. R. (2010). Democracia, principios e interpretación jurídica: Ensayos de teoría analítica del derecho. Lima: Ara Ed.
Donayre Montesinos, C. (2006). El juez constitucional frente a los actos políticos, apropósito de la interdicción de la arbitrariedad y la vigencia del derecho al debido proceso en sede parlamentaria, Ponencia del II Congreso de Derecho Administrativo Contemporáneo el 27, 28, 29 de abril del 2006 en Lima, p. 526.
Falcón. T. M. J. (1994). Concepto y fundamento de la validez del derecho. Madrid: Servicio de Publicaciones de la Facultad de Derecho, Universidad Complutense.
Ferreyra, R. G. (2007). Reforma constitucional y control de constitucionalidad: Límites a la judiciabilidad de la enmienda. Buenos Aires: Ediar.
Feteris, E. (2007). Fundamentos de la Argumentación Jurídica Revisión de las teorías sobre la justificación de las decisiones judiciales. Bogotá: Universidad Externado de Colombia.
Gaviria, D. C. (enero 01, 1989). Qué es el tercer estado: De Sieyes y el constitucionalismo colombiano. Estudios de Derecho (Medellín), 47, 1989.
Gechem, S. C. E., & Instituto de Estudios Constitucionales Carlos Restrepo Piedrahita. (2005). El congreso colombiano a partir de 1991. Bogotá: Instituto de Estudios Constitucionales Carlos Restrepo Piedrahita.
Gimeno, M. (2001). Interpretación y Derecho. Serie de teoría jurídica y filosofía del Derecho N° 21. Bogotá: Universidad Externado de Colombia.
Guglielmi, G. (15 de noviembre 2008). La non constitution francaise. Extraído de http://www.guglielmi.fr/spip.php?article141
Haberle, P. (2000). Teoría de la Constitución como ciencia de la cultura. ̈ Madrid: Tecnos.
Habermas, J., & Jiménez, R. M. (2000). Facticidad y validez: Sobre el derecho y el Estado democrático de derecho en términos de teoría del discurso. Madrid: Trotta.
Higuera, J. D. M. (2009). El ejercicio del órgano de control de constitucionalidad en Francia y en Colombia. En: Principia Iuris (Tunja), 11, 137-159.
_________. (2009). Estudio integrado de la legitimidad en la corte constitucional colombiana. En: Principia Iuris (Tunja), 12, 91.
_________. (2012). Bloque de constitucionalidad en Colombia: una propuesta de rigor y garantía. Madrid: Editorial Academica Española.
Hohfeld, W. N. (1997). Conceptos jurídicos fundamentales. México, D. F.: Distribuciones Fontamara, S.A.
Jèze, G. (1924). Le contrôle juridictionnel des lois. En : Revue du droit public, pp. 399-420.
238
López, D. G. A. (January 01, 2010). Le juge constitutionnel colombien, législateur-cadre positif: Un gouvernement des juges? Opinión Jurídica (Medellín), 9, 18, 77-88.
López, M. D. E. (2002). Manual de Interpretación Constitucional. Consejo Superior de la Judicatura. Escuela Judicial Rodrigo Lara Bonilla.
_________. (2006). El derecho de los jueces. Bogotá: Legis. 2ª ed.
Morris, C. (1966). Cómo razonan los abogados. México: Editorial Limusa Wiley.
Mortati, C., Bergareche, G. A., & Zagrebelsky, G. (2000). La constitución en el sentido material. Madrid: Centro de Estudios Políticos y Constitucionales.
Nino, C. S. (2002). Fundamentos de derecho constitucional: Análisis filosófico, jurídico y politológico de la práctica constitucional. Buenos Aires: Astrea.

Nogueira, A. H., & E-libro, Corp. (2006). Los límites del poder constituyente y el control de constitucionalidad de las reformas constitucionales en Chile. Talca (Chile): Red Estudios Constitucionales.

Olano, G. H. A. (2005). El bloque de constitucionalidad en Colombia. Santiago de Chile: Centro de Estudios Constitucionales.
_________. (2011). Constitución Política de Colombia. Bogotá. 8a Ed. Ediciones Doctrina y Ley.
Platón & In Albores, G. I. R. (2005). Diálogos Platón. México: Oxodo.
USL-B. Séminaire interdisciplinaire d’études juridiques (SIEJ), & Ost, Francois. (1987). Essai de définition et de caractérisation de la validité ̧ juridique. Story-Scientia.
_____. Séminaire interdisciplinaire d’études juridiques (SIEJ), Ost, Francois, ̧ & van de Kerchove, Michel. (2001). Elementos para una teoria critica del derecho. Universidad nacional de Colombia.
Pace, A., Valera, S. J., & Biglino, C. P. (1995). La rigidez de las constituciones escritas. Madrid: Centro de Estudios Constitucionales.
Palacio Torres A. (2005). Concepto y control del procedimiento legislativo. Bogotá: Universidad Externado de Colombia.
Urrego, O. F., & Quinche, R. M. F. (Enero 01, 2008). Los derechos en el sistema normativo colombiano: Una política estatal de invención normativa. Universitas (Santafé de Bogotá), 116, 53-83.
Ragone, S. (2012). El control judicial de la reforma constitucional: Aspectos teóricos y comparativos. México, D.F.: Editorial Porrúa.
Ramírez, C. G., & Instituto de Estudios Constitucionales Carlos Restrepo Piedrahita (Bogotá). (2003). Los límites a la reforma constitucional y las garantías-límites del poder constituyente: Los derechos fundamentales como paradigma. Bogotá: Instituto de Estudios Constitucionales Carlos Restrepo Piedrahita.
_________. (2005). Límites de la reforma constitucional en Colombia: El concepto de Constitución como fundamento de la restricción. Bogotá. Universidad Externado de Colombia.
_________. (2006). El control material de las reformas constitucionales mediante acto legislativo. Bogotá: Revista de Derecho del Estado, No. 18, Universidad Externado de Colombia.
_________. (2008). Reformas a la Constitución de 1991 y su control de constitucionalidad: entre democracia y demagogia. Bogotá:. Revista de Derecho del Estado, No. 21. Universidad Externado de Colombia.
Ramírez Cleves G. & Robledo Silva P. (2014). La jurisprudencia constitucional colombiana en el año 2013: el control de constitucionalidad por sustitución y el amparo reforzado a los sujetos de especial protección constitucional, pp. 587-620. Anuario Iberoamericano de Justicia Constitucional. ISSN 1138-4824, núm. 18, centro de estudios políticos y constitucionales. Madrid.
Roznai, Y. (Enero 01, 2013). Unconstitutional Constitutional Amendments: the Migration and Success of a Constitutional Idea. The American Journal of Comparative Law: a Quarterly, 61, 3, 657-719.
_________. (2014) Unconstitutional Constitutional Amendments: A Study of the Nature and Limits of Constitutional Amendment Powers, A thesis submitted to the Department of Law of the London School of Economics for the degree of Doctor of Philosophy, London, London School of Economics and Political Science.
_________. (2015). Unamendability and The Genetic Code of The Constitution. Public Law & Legal Theory Research Paper Series Working Paper No. 15-13. The Hauser Global Law School, NYU. New York.
Schmitt, C. (1983). La defensa de la constitución. Madrid: Tecnos.
Schreiber, R. (1991). Lógica del derecho. México, D.F.: Fontamara.
Seervai, H. M., & Cabrera, A. L. (1976). El federalismo en la India: La Constitución y la Suprema Corte de la India. México: UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas.
Seiler, D.-L. (1978). Les partis politiques en Europe. Paris: Presses universitaires de France.
Sierra Porto, H. A.; Floralba A. Padrón & María Carolina Castillo. (2003). Vicios formales de la ley. Análisis desde la jurisprudencia constitucional colombiana. Universidad Externado de Colombia.
Sieyès, E. J., & Ayala, F. (1973). ¿Qué es el Tercer Estado? Madrid: Aguilar.
Smend, R. (1985). Constitución y derecho constitucional. Madrid: Centro de Estudios Constitucionales.
Vega García, P. (1998). La Ciencia del derecho durante el siglo XX. México: Universidad Nacional.
___________. (2007) La reforma constitucional y la problemática del poder constituyente. Madrid. Tecnos.
Waldron, J., Gargarella, R., Martí, M. J. L., & Quiroga, A. (2005). Derecho y desacuerdos. Madrid: Barcelona: Marcial Pons, Ediciones Jurídicas y Sociales.
Corte Constitucional, Sentencia C-551/03, M.P. Eduardo Montealegre Lynett. Bogotá, 9 de julio de 2003.
Corte Constitucional. Sentencia C-544, M.P. Alejandro Martínez Caballero, Bogotá, 1 de octubre de 1992.
Corte Constitucional. Sentencia T-546, M.P. Antonio Barrera Carbonell, Bogotá, 16 de octubre de 1996.
Corte Constitucional. Sentencia C-551, M.P. Eduardo Montealegre Lynett, Bogotá, 09 de julio de 2003.
Corte Constitucional. Sentencia C-1200, Magistrados Ponentes: Manuel José Cepeda Espinosa y Rodrigo Escobar Gil, Bogotá, 9 de diciembre de 2003.
Corte Constitucional. Sentencia C-757 de 2004. M.P. Clara Inés Vargas Hernández. 10 de agosto de 2004.
Corte Constitucional. Sentencia C-816 de 2004. Jaime Córdoba Triviño y Rodrigo Uprimny Yepes. 30 de agosto de 2004.
Corte Constitucional. Sentencia C-970, M.P. Rodrigo Escobar Gil, Bogotá, 7 de octubre de 2004.
Corte Constitucional. Sentencia C-971, M.P. Manuel José Cepeda Espinosa, Bogotá, 7 de octubre de 2004.
Corte Constitucional. Sentencia C-1040, Magistrados Ponentes: Manuel José Cepeda Espinosa; Rodrigo Escobar Gil; Marco Gerardo Monroy Cabra; Humberto Antonio Sierra Porto; Álvaro Tafur Galvis y Clara Inés Vargas Hernández, Bogotá, 19 de octubre de 2005.
Corte Constitucional. Sentencia C-588, M.P. Gabriel Eduardo Mendoza Martelo, Bogotá, 27 de agosto de 2009.
Corte Constitucional. Sentencia C-141, Magistrado Sustanciador: Humberto Antonio Sierra Porto, Bogotá, 26 de febrero de 2010.
Corte Constitucional. Sentencia C-397, M.P. Juan Carlos Henao Pérez, Bogotá, 25 de mayo de 2010.
Corte Constitucional, Sentencia C-141, M.P. Humberto Antonio Sierra Porto, Bogotá, 26 de febrero de 2010.
Corte Constitucional. Sentencia C-574, M.P: Juan Carlos Henao Pérez, Bogotá, 22 de julio de 2011.
Corte Constitucional. Sentencia C-1056 M.P. Nilson Pinilla Pinilla. Bogotá, 6 de diciembre 2012.
Corte Constitucional. Sentencia C-170 M.P. Jorge Iván Palacio, Bogotá, 7 de marzo 2012.
Corte Constitucional. Sentencia C- 249 M.P. Juan Carlos Henao Pérez. Bogotá, 29 de marzo de 2012.
Corte Constitucional, Sentencia C-317 del tres (3) de mayo de dos mil doce (2012). M.P. María Victoria Calle Correa.
Corte Constitucional. Sentencia C- 332 del nueve (9) de mayo de 2012. M.P. Humberto Antonio Sierra Porto. Bogotá.
Corte Constitucional, Sentencia C-010 del veintitrés (23) de enero de dos mil trece (2013) M.P. Luis Ernesto Vargas Silva.
Corte Constitucional. Sentencia C-336 M.P. Mauricio González Cuervo. Bogotá. 13 de junio de 2013.
Corte Constitucional. Sentencia C- 579. M.P. Jorge Ignacio Pretelt Chaljub, Bogotá, 28 de agosto de 2013.
Corte Constitucional. Sentencia C-577 del seis (6) de agosto de dos mil catorce (2014). M.P. Martha Victoria Sáchica Méndez