RESPONSABILIDAD DEL ESTADO POR ANTICONCEPCIÓN FALLIDA: ESTUDIO DE CASO SOBRE EL AJUSTE DE PARADIGMAS

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Fernando Arias-García
Miguel Andrés López-Martínez

Résumé

En el presente artículo se analiza la anticoncepción fallida como eventual escenario de responsabilidad patrimonial del Estado. A partir del estudio de un caso particular, el fallo2006-1969 proferido el 26 de enero de 2012 proferido por el Juzgado Noveno Contencioso-Administrativo de Tunja, se establece si este tipo de casos generan un nuevo paradigma de respuesta en el Juzgador o por el contrario se forman ajustes a las categorías tradicionales de responsabilidad estatal. Para ello se toma como referente la teoría de los paradigmas del profesor Thomas Kuhn. Ante la reclamación de los padres por el nacimiento inesperado de su hijo, el Juez Noveno concedió sus pretensiones empleando los conceptos tradicionales de la responsabilidad estatal: daño, imputación y reparación. Aunque no dio lugar a un cambio radical, aplicó algunos ajustes aceptados por los académicos. Uno de ellos, la teoría de la diferenciación para identificar el daño con aquellas consecuencias sufridas con el nacimiento pero no con la vida del nuevo ser; el otro, relacionado con el criterio de violación al derecho de consentimiento informado de los pacientes como eje de la imputación. Pese a su novedad en el Despacho, el caso estudiado no desencadena un cambio del paradigma sino su ajuste, lo que sugiere que las grandes transformaciones conceptuales son el fruto de esfuerzos colectivos y paulatinos de jueces, litigantes y profesores.

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Rubrique
Artículos Vol. 22

Références

Jorge Zamudio Santana y otra vs. Hospital Regional ‘El Salvador’ de Ubaté, 21157 (Consejo de Estado. SCA. Sección Tercera. Subsección B 2011 de noviembre de 2011).

Orbilia Garzón y otro vs. Nación- MinSalud-Dpto. de Quindío-Hospital Departamental Universitario del Quindío San Juan de Dios, 20144 (Consejo de Estado. SCA. Sección Tercera 19 de agosto de 2011).

Rosa y otros vs. Mpo. Tunja- Comparta Salud Ltda-Clínica Santa Teresa, 2006-1969 (Juzgado Noveno del Circuito Judicial Administrativo de Tunja, 26 de enero de 2012).

Bustamante, J. (1983). Teoría general de la responsabilidad civil. Buenos Aires: Abeledo Perrot.

Chepé Ramos, É. (2010). Acto médico y consentimiento informado. Recuperado el 2 de febrero de 2011, de www.virtual.unal.edu.co: www.virtual.unal.edu.co/cursos/economicas/91337/ayudas/manuales/acto_medico.pdf

De Cupis, A. (1970). El daño (Traducido por Ángel Martínez Sarrión). Barcelona: Bosch.

Dutt Trevor, P., & Matthews, M. (1999). Gynaecology. London: Cavendish.

García Huayama, J. C. (1 de julio de 2012). Responsabilidad civil por nacimiento con discapacidad: las acciones por wrongful bith (nacimiento injusto) y wrongful life (vida injusta). Recuperado el 4 de marzo de 2014, de www.derechoycambiosocial.com: http://www.derechoycambiosocial.com/revista029/responsabilidad_civil_por_nacimiento_con_discapacidad.pdf

García, E., & Fernández, T. R. (2008). Curso de derecho administrativo. TomoII. Lima: Temis-Palestra.

García, J. A. (2008). Sobre el neoconstitucionalismo y sus precursores. En F. Mantilla, Controversias constitucionales (págs. 24-69). Bogotá: Universidad del Rosario.

Gil Botero, E. (2013). Responsabilidad extracontractual del Estado. Bogotá: Temis.

González Morán, L. (2006). De la bioética al bioderecho. Libertad, ida y muerte. Bogotá.

Gutiérrez Morales, A. A. (2011). Presupuestos de responsabilidad de la Administración por prestación de servicios médico-sanitarios en un caso de anticoncepción fallida. Revista Colombiana de Derecho de Daños Vol. 1 No. 1, 2-20.

Kelsen, H. (2005). Teoría pura del derecho. Buenos Aires: Eudeba.

Kuhn, T. (1978). Segundos pensamientos sobre paradigmas. Madrid: Tecnos.

Kuhn, T. (2004). La estructura de las revoluciones científicas. México D.F.: Fondo de Cultura Económica.

Macía Morillo, A. (2005). La responsabil idad médica por los diagnósticos preconceptivos y prenatales (las llamadas acciones de wrongful birth y wrongful life). Barcelona: Tirant lo Blanch.

Macía, A. (2007). La responsabilidad civil médica. Las llamadas acciones de wrongful birth y wrongful life. Revista de Derecho Universidad del Norte No. 27, 3-37.

Martín Casals, M., & Solé Feliu, J. (julio de 2001). Anticoncepciones fallidas e hijos no previstos. Recuperado el 4 de marzo de 2014, de www.idret.com: http://www.indret.com/pdf/056_es.pdf

Novellino, N. (2000). La procreación indeseada atribuida a mala praxis médica y la responsabilidad por daños. En N. Novellino, Derecho de daños (cuarta parte) (págs. 191-235). Buenos Aires: Ediciones La Roca.

Romero Coloma, A. M. (2010). Las acciones de wrongful birth y wrongful life en el ordenamiento jurídico español (especial referencia a la responsabilidad civil médica). Revista Crítica de Derecho Inmobiliario No. 722 (nov.-dic.).

Tamayo, J. (2000). La responsabilidad del Estado. El daño anti jurídico (Constitución Política. Artículo 90) el riesgo excepcional y las actividades peligrosas. Bogotá: Legis.

Tamayo, J. (2007). Tratado de responsabilidad civil. Bogotá: Legis.

Tamayo, J. (2008). Análisis de la interpretación valorista del derecho. En F. Mantilla, Controversias constitucionales (págs. 70-135). Bogotá: Universidad del Rosario.

Villoro, M. (1982). Introducción al estudio del derecho. México D. F.: Porrúa.

Von Tuhr, A. (2001). Tratado de las obligaciones. En J. Duque, Del daño. Compilación y extractos (págs. 65-81). Bogotá: Editora Jurídica de Colombia.

Sentencias.

Consejo de Estado, Sección Tercera, sentencia de 11 de noviembre de 1999, expediente 12.165, Consejero Ponente, Doctor JESÚS MARÍA CARRILLO BALLESTEROS.

Consejo de Estado, Sección Tercera, Consejero Ponente: Doctor RAMIRO SAAVEDRA BECERRA sentencia de 24 de febrero de 2005, expediente: 85001-23-31-000-1993-00074-01(14170) Actor: Próspero Curcho Ávila, Demandado: Nación – Ministerio de Salud y otros.

Consejo de Estado, Sección Tercera, Consejero Ponente: Doctor MAURICIO FAJARDO GÓMEZ, sentencia de 18 de octubre de 2007, expediente: 68001-23- 15-000-1995-00940-01(15528), Actor: Luis F. Bayona y otros Demandado: Nación- Ministerio de Defensa Nacional- Ejército Nacional

Consejo de Estado, Sección Tercera, Consejero Ponente: Doctor RICARDO HOYOS DUQUE, sentencia de 22 de marzo de 2001, expediente: 25000-23-26-000-1992-8384-01(13166), Actor: Clementina López Bautista, Demandado: Instituto de Seguros Sociales.
Consejo de Estado, Sección Tercera, Consejera Ponente, Doctora RUTH STELLA CORREA PALACIO, sentencia de 26 de marzo de 2008, expediente: 73001-23-31-000-1995-02349-01(15725), actor: Luis Antonio Alvarado Pantoja y otros, demandado: Hospital Federico Lleras Acosta.

Consejo de Estado, Sección Tercera, Consejera ponente: RUTH STELLA CORREA PALACIO, sentencia de 26 de marzo de 2008, expediente: 25000-23-26-000-1993-09477-01(16085), Actor: Elvira Caballero Corredor, Demandado: CAPRECOM.