Responsabilidad extracontractual del estado colombiano por afectación al principio básico de sostenimiento ambiental

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Daysi Rodríguez

Resumen

El Estado Colombiano al avalar la actividad petrolera instaura un riesgo, por lo cual es procedente que responda por los daños ambientales que se causen en su ejecución material. Teniendo en cuenta que la explotación de los recursos naturales no renovables debe ejecutarse de manera sostenible, en la medida que es una obligación y una fuente importante de los ingresos del Estado colombiano. De acuerdo con el principio de equidad, de igualdad de las cargas públicas, y de sostenibilidad ambiental, se deben indemnizar los daños antijurídicos a los particulares o a la colectividad, pues estos no están en la obligación de soportar las lesiones o menoscabos patrimoniales, ya que el Estado es el creador y el beneficiario.

Detalles del artículo

Sección
Articulos PI Vol. 33
Biografía del autor/a

Daysi Rodríguez

Abogada, Universidad Santo Tomás. Magister en Derecho Administrativo, Universidad Santo Tomás. Docente e investigadora y directora del Programa de derecho de la FUJDC. Fundación universitaria Juan de Castellanos.

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