Graduación de responsabilidad disciplinaria frente a los servidores públicos
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Resumo
La Ley 734 de 2002 a través de la cual se
expide el nuevo Código Disciplinario Único,
pretende calificar las conductas de los
funcionarios públicos, teniendo en cuenta
la valoración de los hechos y pruebas
al momento de realizar una graduación
de la responsabilidad disciplinaria, que
van a dar lugar a una posible sanción y
determinar en los casos específicos cuál
deberá ser la conducta idónea para el
ejercicio jurídico.
Como primera medida, se debe tener en
cuenta que la potestad disciplinaria está
en cabeza del Estado, el mismo tiene como
función
la prevención y sanción de las
conductas que atentan “
contra el estricto
cumplimiento de los deberes funcionales
impuestos a los servidores públicos que
obstaculicen el adecuado funcionamiento
de la administración pública, en aras de
salvaguardar los fines esenciales del Estado
(artículo 2 de la Constitución Política de
Colombia 1991), como es el interés general
de propender por la existencia de un marco
jurídico que garantice un orden justo
(Preámbulo) dentro del ámbito del Estado
social de derecho”. (Corte, 504,2007, pág. 3)
expide el nuevo Código Disciplinario Único,
pretende calificar las conductas de los
funcionarios públicos, teniendo en cuenta
la valoración de los hechos y pruebas
al momento de realizar una graduación
de la responsabilidad disciplinaria, que
van a dar lugar a una posible sanción y
determinar en los casos específicos cuál
deberá ser la conducta idónea para el
ejercicio jurídico.
Como primera medida, se debe tener en
cuenta que la potestad disciplinaria está
en cabeza del Estado, el mismo tiene como
función
la prevención y sanción de las
conductas que atentan “
contra el estricto
cumplimiento de los deberes funcionales
impuestos a los servidores públicos que
obstaculicen el adecuado funcionamiento
de la administración pública, en aras de
salvaguardar los fines esenciales del Estado
(artículo 2 de la Constitución Política de
Colombia 1991), como es el interés general
de propender por la existencia de un marco
jurídico que garantice un orden justo
(Preámbulo) dentro del ámbito del Estado
social de derecho”. (Corte, 504,2007, pág. 3)
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