Graduación de responsabilidad disciplinaria frente a los servidores públicos
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Abstract
La Ley 734 de 2002 a través de la cual se
expide el nuevo Código Disciplinario Único,
pretende calificar las conductas de los
funcionarios públicos, teniendo en cuenta
la valoración de los hechos y pruebas
al momento de realizar una graduación
de la responsabilidad disciplinaria, que
van a dar lugar a una posible sanción y
determinar en los casos específicos cuál
deberá ser la conducta idónea para el
ejercicio jurídico.
Como primera medida, se debe tener en
cuenta que la potestad disciplinaria está
en cabeza del Estado, el mismo tiene como
función
la prevención y sanción de las
conductas que atentan “
contra el estricto
cumplimiento de los deberes funcionales
impuestos a los servidores públicos que
obstaculicen el adecuado funcionamiento
de la administración pública, en aras de
salvaguardar los fines esenciales del Estado
(artículo 2 de la Constitución Política de
Colombia 1991), como es el interés general
de propender por la existencia de un marco
jurídico que garantice un orden justo
(Preámbulo) dentro del ámbito del Estado
social de derecho”. (Corte, 504,2007, pág. 3)
expide el nuevo Código Disciplinario Único,
pretende calificar las conductas de los
funcionarios públicos, teniendo en cuenta
la valoración de los hechos y pruebas
al momento de realizar una graduación
de la responsabilidad disciplinaria, que
van a dar lugar a una posible sanción y
determinar en los casos específicos cuál
deberá ser la conducta idónea para el
ejercicio jurídico.
Como primera medida, se debe tener en
cuenta que la potestad disciplinaria está
en cabeza del Estado, el mismo tiene como
función
la prevención y sanción de las
conductas que atentan “
contra el estricto
cumplimiento de los deberes funcionales
impuestos a los servidores públicos que
obstaculicen el adecuado funcionamiento
de la administración pública, en aras de
salvaguardar los fines esenciales del Estado
(artículo 2 de la Constitución Política de
Colombia 1991), como es el interés general
de propender por la existencia de un marco
jurídico que garantice un orden justo
(Preámbulo) dentro del ámbito del Estado
social de derecho”. (Corte, 504,2007, pág. 3)
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Por medio de esta comunicación certifico que el artículo que estoy presentando para posible publicación en la revista Iter Ad Veritatem, es de mi entera autoría, siendo sus contenidos producto de mi directa contribución intelectual. Todos los datos y alusiones a otras publicaciones en el documento están debidamente identificados con su respectiva cita y referencia. Declaro que el material presentado se encuentra conforme a la legislación aplicable en materia de propiedad intelectual. Por lo tanto, me hago responsable de cualquier reclamación relacionada con su transgresión. En caso de que el artículo presentado sea publicado, manifiesto que cedo plenamente a la Universidad Santo Tomás, seccional Tunja, los derechos de reproducción del mismo. Como contraprestación de la presente cesión, declaro mi conformidad de recibir tres (3) ejemplares del número de la revista en que aparezca mi artículo.