Responsabilidad del estado por operación de guerra u operación militar
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Resumo
Los fallos del Consejo de Estado en materia
de responsabilidad civil extracontractual por
daños ocasionados por actos unilaterales de
violencia por parte del estado (operaciones
militares), adolecen de un concepto y
política jurisprudencial definida. No
obstante, el análisis estático de los fallos
muestra que en la actualidad existe en
cuanto a los títulos jurídicos de imputación
una tendencia a aplicar en estos casos falla
de servicio, dejando al daño especial un
campo restringido para su configuración.
Podemos ver que el juez de lo Contencioso
Administrativo, no ha establecido un
concepto de operación militar y, por lo
tanto, una línea jurisprudencia coherente,
frente al tema.
de responsabilidad civil extracontractual por
daños ocasionados por actos unilaterales de
violencia por parte del estado (operaciones
militares), adolecen de un concepto y
política jurisprudencial definida. No
obstante, el análisis estático de los fallos
muestra que en la actualidad existe en
cuanto a los títulos jurídicos de imputación
una tendencia a aplicar en estos casos falla
de servicio, dejando al daño especial un
campo restringido para su configuración.
Podemos ver que el juez de lo Contencioso
Administrativo, no ha establecido un
concepto de operación militar y, por lo
tanto, una línea jurisprudencia coherente,
frente al tema.
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Por medio de esta comunicación certifico que el artículo que estoy presentando para posible publicación en la revista Iter Ad Veritatem, es de mi entera autoría, siendo sus contenidos producto de mi directa contribución intelectual. Todos los datos y alusiones a otras publicaciones en el documento están debidamente identificados con su respectiva cita y referencia. Declaro que el material presentado se encuentra conforme a la legislación aplicable en materia de propiedad intelectual. Por lo tanto, me hago responsable de cualquier reclamación relacionada con su transgresión. En caso de que el artículo presentado sea publicado, manifiesto que cedo plenamente a la Universidad Santo Tomás, seccional Tunja, los derechos de reproducción del mismo. Como contraprestación de la presente cesión, declaro mi conformidad de recibir tres (3) ejemplares del número de la revista en que aparezca mi artículo.