Certificado eclesiástico contra el registro civil, un caso de vacío legal

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Maria Fernanda Aranda Camacho

Resumen

Actualmente con los cambios sociales y las actuaciones de las personas al margen del ordenamiento jurídico colombiano, en cuanto al matrimonio se refiere, es posible encontrar un vacío jurídico, ya que al establecerse por parte del legislador como única prueba el Registro Civil de Matrimonio, un sujeto de derecho en principio podría vulnerar el sistema legal y establecer válidamente dos “uniones”, lo cual crea inseguridad jurídica, que llevaría a la violación de derechos de las personas que actúan de buena fe; por lo anterior es necesario evaluar la normatividad vigente y los pronunciamientos jurisprudenciales en aras de hallar una solución acorde con las necesidades jurídicas propias de un Estado Social de Derecho como lo es Colombia.

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Citas

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Colombia, Congreso de la República, Ley 28 de 1932, sobre reformas civiles (régimen patrimonial en el matrimonio).
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Colombia, Presidencia de la República, Decreto 2820 de 1974, por el cual se otorgan iguales derechos y obligaciones a las mujeres y a los varones, acordado con las modificaciones introducidas por el Decreto 772 de 1975.

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