Derecho penal del enemigo y escisión del estado social de derecho
Contenido principal del artículo
Resumen
En el derecho penal actual, la política
criminal del enemigo se ha caracterizado
por el conjunto de decisiones orientadas
a la lucha contra organizaciones
armadas y terroristas para la previsión
y persecución de los delitos en donde
predominan las necesidades y las
razones de conveniencia política.
Esto ha repercutido negativamente
en los derechos y garantías de los
ciudadanos, al igual que en la eficacia
y eficiencia del sistema penal, al
configurarse políticas criminales de
improvisación, expansión de la coacción
y represión política. Igualmente se ha
caracterizado por el endurecimiento
de la lucha contra fenómenos como
el terrorismo, el narcotráfico, los
delitos económicos y el abuso sexual
de menores, configurándose al interior
del llamado derecho penal, la política
criminal del enemigo.
En los Estados Sociales de derecho, este
fenómeno político se ha desarrollado
paralelamente al derecho común,
generándose de esta forma una
coexistencia de sistemas penales,
excluyentes entre sí, y simultáneamente
una escisión del Estado social de
Derecho. Lo anterior, producto de la
desconexión entre valores y principios
que orientan las actuaciones del órgano
estatal en la lucha contra los enemigos
cuando el derecho penal ordinario no
puede constreñirlos.
criminal del enemigo se ha caracterizado
por el conjunto de decisiones orientadas
a la lucha contra organizaciones
armadas y terroristas para la previsión
y persecución de los delitos en donde
predominan las necesidades y las
razones de conveniencia política.
Esto ha repercutido negativamente
en los derechos y garantías de los
ciudadanos, al igual que en la eficacia
y eficiencia del sistema penal, al
configurarse políticas criminales de
improvisación, expansión de la coacción
y represión política. Igualmente se ha
caracterizado por el endurecimiento
de la lucha contra fenómenos como
el terrorismo, el narcotráfico, los
delitos económicos y el abuso sexual
de menores, configurándose al interior
del llamado derecho penal, la política
criminal del enemigo.
En los Estados Sociales de derecho, este
fenómeno político se ha desarrollado
paralelamente al derecho común,
generándose de esta forma una
coexistencia de sistemas penales,
excluyentes entre sí, y simultáneamente
una escisión del Estado social de
Derecho. Lo anterior, producto de la
desconexión entre valores y principios
que orientan las actuaciones del órgano
estatal en la lucha contra los enemigos
cuando el derecho penal ordinario no
puede constreñirlos.
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