Los Imprevistos pactados en el A.I.U. y la justificación de su uso por el contratista en los contratos de obra

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Resumen

Este artículo analiza dos posturas jurídicas frente al tema de la obligación del contratista en los contratos de obra pública, de justificar el valor de imprevistos cuando éstos se han pactado en el AIU. Las posturas jurídicas enfrentadas son las referidas por el Consejo de Estado en sentencia 14.577 del 29 de mayo de 2003 y por otra parte, los conceptos jurídicos de la Contraloría General de la República.
Por último se hace un análisis de importancia interpretativa entre la jurisprudencia del Consejo de Estado frente a los conceptos que emiten las autoridades de consultas presentadas por la ciudadanía en desarrollo del derecho de petición.

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