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Políticas para autores

 

1. Descripción

Iter Ad Veritatem es la revista anual que publica artículos inéditos como resultados definitivos o parciales de investigaciones, desarrollados por estudiantes y semilleros de investigación en el campo Socio-Jurídico, así como sus reflexiones y memorias construidas en el aula de clase en torno a problemas discutidos en el desarrollo de las asignaturas. Su propósito al divulgar tales trabajos ante la comunidad académica nacional e internacional, es propiciar un espacio para su discusión y mejoramiento, en un proceso que estimule y promueva la disposición de los estudiantes para encarar problemas de nuestra sociedad a través de la investigación.

 2.  Proceso editorial

La Revista es un escenario de divulgación pero también tiene un propósito de formación, por lo que cada una de las etapas del proceso editorial está pensada para mejorar la calidad de los documentos que serán divulgados a través de la comunicación constante y edificante entre autores, editores y evaluadores. Las contribuciones a Iter Ad Veritatem serán publicadas siempre que cumplan las siguientes etapas:

2.1. Convocatorias y recepción de artículos.

El Comité Editorial hará dos convocatorias cada año para invitar a la comunidad a participar con sus contribuciones. En cada una se especificarán los temas que se van a desarrollar en la edición y los requisitos de forma que deberán cumplir los escritos. La primera fecha de cierre de la convocatoria será 30 de abril y la segunda 30 de septiembre. Los trabajos tendrán que ser enviados en formato Word junto con una declaración de originalidad a la plataforma Open Journal System de la revista (disponible en: http://revistas.ustatunja.edu.co/index.php/iaveritatem/.) y al siguiente correo: revistaderecho@ustatunja.edu.co.

2.2. Evaluación preliminar por parte del Comité Editorial Estudiantil.

Los artículos recibidos serán objeto de una evaluación editorial preliminar por parte del Comité Editorial Estudiantil, en la que se verificará el cumplimiento de los requisitos formales de la convocatoria. Dentro del mes siguiente a la fecha de envío, los participantes recibirán una comunicación electrónica informando sobre los resultados de dicha evaluación. En caso de ser necesarios algunos ajustes, deberán ser aplicados a los textos dentro de los 15 días calendario, siguientes a la fecha de la comunicación del Comité Editorial Estudiantil.

2.3. Evaluación de contenidos por parte de los árbitros.

Los escritos seleccionados por el Comité Editorial Estudiantil, y aquellos que hayan sido debida y oportunamente ajustados conforme a las indicaciones de la etapa anterior, serán sometidos a evaluación de su contenido por parte de los árbitros de la Revista. Los evaluadores, una vez aceptada una previa invitación a calificar, rendirán un concepto sobre la viabilidad de publicar o no el documento, dentro de los 30 días calendario siguientes a la fecha del envío del artículo y su respectivo formato de evaluación.

El sistema de evaluación adoptado por la Revista es el de doble ciego, esto implica que la identidad de los árbitros de la Revista no será revelada a los autores, y que la de éstos últimos tampoco será conocida por los evaluadores.

El resultado de la evaluación de contenidos podrá ser uno de estos tres: publicable sin modificaciones, publicable con modificaciones, no publicable. En el primer caso, el artículo será objeto de las demás etapas del proceso editorial, previa información al autor. En el evento de ser publicable con modificaciones, el Comité Editorial transmitirá al autor las observaciones e indicaciones hechas por el evaluador, y le concederá un plazo de 15 días calendario para que ajuste el documento, que continuará el proceso si se cumple oportunamente este requerimiento. En el último caso, se le darán a conocer al autor las razones del evaluador. El Equipo Editorial evaluará la necesidad de una segunda calificación por parte de otro árbitro y procederá a gestionarla si lo considera apropiado. No obstante, el autor podrá participar con otro artículo en la misma o en futuras convocatorias.

Se tendrán como criterios de evaluación los consignados en el formato de evaluación de artículos que se anexa al documento de políticas para autores.

2.4. Corrección de estilo.

Los documentos serán revisados por el Comité Editorial Estudiantil para verificar la ortografía, subtitulación, citación, referenciación y redacción de resúmenes. Posteriormente, el Editor buscará apoyo en un experto en el uso del idioma español para hacer la corrección gramatical y sintáctica del texto. Los cambios anotados por el corrector serán informados a los autores, quienes tendrán un plazo de tres días calendario para informar si están de acuerdo o si se deben incorporar cambios al documento. De manera simultánea, el Editor buscará apoyo en un experto en lenguas extranjeras para ajustar y corregir las traducciones de los títulos y resúmenes presentados por los autores.

2.5. Diagramación.

Una vez recibidos los comentarios e indicaciones de los autores sobre posibles cambios que deseen hacer a la versión corregida, se enviará una maqueta de la edición al equipo de diagramación dispuesto por el Comité Editorial de la Facultad de Derecho de la Universidad Santo Tomás Tunja, quién hará los ajustes de diseño y presentación necesarios para preparar la versión final del documento. Esta última, será sometida a consideración del Equipo Editorial de la Revista que la revisará y sugerirá los cambios que considere necesario y pertinentes.

2.6. Publicación y divulgación.  

La versión final de la edición será publicada en formato impreso en los talleres que disponga el Comité Editorial de la Facultad de Derecho de la Universidad Santo Tomás Tunja, junto con su publicación digital en la plataforma OJS. El Equipo Editorial Estudiantil preparará una sesión de lanzamiento en la que hará una presentación formal de la edición ante la comunidad académica, invitando a los autores, quienes recibirán un certificado de participación.

 

3. Contenido de los artículos

La Revista recibirá artículos originales e inéditos. Sólo en algunos casos, cuando el Comité Editorial considere necesaria su divulgación, podrán publicarse documentos ya editados por otras publicaciones seriadas, contando con la debida autorización escrita de los autores y de las Revistas o Instituciones que hayan hecho la publicación inicial.

3.1. Condiciones de contenido.

De acuerdo con la tipología propuesta por Colciencias[1], podrán postularse artículos de investigación científica y tecnológica, de reflexión, de revisión bibliográfica, reportes de caso, de reflexión no derivados de investigación, reseñas bibliográficas, traducciones, cartas al Editor y editoriales. El Comité Editorial Estudiantil y los respectivos evaluadores harán una valoración de la categoría del artículo teniendo en cuenta los siguientes criterios:

3.1.1. Artículo de investigación científica y tecnológica: hace una presentación detallada de un proceso de investigación concluido: estructura metodológica de la propuesta de investigación, fuentes y muestras empleadas, técnicas de recolección y análisis de datos y conclusiones. Se caracteriza por contener resultados originales de investigación. Su estructura básica deberá contener: introducción (con la explicación y justificación de la pregunta de investigación, objetivos e hipótesis inicial), metodología (indicando las fuentes y el tipo de método empleado para la recolección y análisis de datos), presentación de resultados, discusión (análisis de datos) y conclusión.

3.1.2. Artículo de reflexión: contiene una presentación de los resultados de una investigación ya concluida por el autor, desde una nueva perspectiva de análisis. Puede además presentar una evaluación de dichos resultados a la luz de nuevas fuentes, discusiones o problemas. Su estructura básica debe contener una introducción (en la que se presentan los resultados que se van a discutir, la tesis que resultará de dicha conclusión y el método de análisis que empleará), las secciones principales que el autor considere necesarias para desarrollar la reflexión y las conclusiones.

3.1.3. Artículo de revisión bibliográfica: su propósito principal es presentar el estado del arte sobre un problema específico, integrando de manera ordenada y coherente los resultados de otras investigaciones desarrolladas alrededor de sus principales aristas. La calidad de este tipo de documentos será evaluada a partir de la  relevancia, pertinencia y cantidad[2] de las fuentes empleadas. La estructura básica de este tipo de trabajos deberá constar de una introducción (en la que se presente el problema alrededor del cual se va a relacionar el estado del arte y la metodología seguida para la construcción del mismo), las secciones principales que el autor considere necesarias para desarrollar la revisión y las conclusiones. 

3.1.4. Reportes de caso: Son documentos que evidencian el estudio detallado y sistemático de una situación concreta que evidencia un problema de investigación, o sugiere nuevas preguntas o discusiones al estado del arte en un área específica del conocimiento. Además, puede tener la pretensión de divulgar experiencias concretas en el desarrollo de una técnica o metodología concreta, presentando la literatura relevante sobre casos similares o análogos. Debe contener una introducción, revisión de la literatura relevante sobre otros casos,  una descripción del caso de estudio, discusión sobre los hallazgos, técnicas y metodología empleada y conclusiones[3].

3.1.5. Artículos de reflexión no derivados de investigación: se realizan con la pretensión de dar a conocer los resultados de un proceso mental de relación de categorías o evaluación de conceptos. Su contenido está basado en resultados provenientes de investigaciones elaboradas por otros investigadores y debe contener una introducción (en la que se presenta el problema conceptual que se pretende resolver, las categorías o conceptos que servirán para el análisis y la forma en que se realizará), las secciones principales que el autor considere necesarias para desarrollar la revisión y las conclusiones.

3.1.6. Reseñas bibliográficas: son escritos elaborados para presentar los principales elementos del contenido de un texto de relevancia científica para la comunidad académica y evaluarlo a la luz del criterio del autor y de otros textos que puedan relacionarse. Aunque no tiene una estructura definida, debe contener una relación de los datos bibliográficos de la fuente reseñada, una presentación sintética y su evaluación[4]

3.1.7. Traducciones: plasman en español artículos, reseñas o ensayos publicados en otro idioma. Se recibirán traducciones literales (que respetan la estructura gramatical y sintáctica original) o libres (aquellas que conservan el contenido del original pero no su estructura gramatical y sintáctica). Para poder publicarlas, el autor de la traducción deberá contar con una autorización escrita del autor del texto original, dirigida al Comité Editorial de la Revista. 

3.1.8. Cartas al Editor: se trata de escritos dirigidos por cualquiera de los lectores al Equipo Editorial, en el que plantean su opinión acerca de los contenidos específicos publicados en cualquier número de la Revista. Serán publicados teniendo en cuenta su calidad en el uso del lenguaje y su aporte a la discusión académica sobre los temas objeto de la publicación.

3.1.9. Editoriales: es el espacio para la presentación de las posiciones que tienen el Editor, los miembros del Comité Editorial o algún invitado, sobre los temas y artículos publicados en la Revista. Desde aquí podrán anunciarse cambios en el sistema de publicación y proceso editorial, su periodicidad o métodos de divulgación.

3.2. Condiciones de forma y estructura.

Para que una contribución sea publicada por la Revista Iter Ad Veritatem, tendrán que cumplirse las siguientes condiciones:

3.2.1. De forma

Deberán presentarse en formato Word, en una sola columna de texto, empleando la fuente Arial, tamaño 12 e interlineado de 1,5. Las márgenes deberán ser de 3 centímetros en todos los costados de la página, cuyo tamaño será el preestablecido para el formato carta. La extensión máxima de los documentos deberá ser de 9.000 palabras, sin tener en cuenta la de las referencias.

Las tablas, imágenes y gráficas deberán presentarse en un archivo independiente del artículo, identificado como “figura” y enumeradas según el orden de presentación en el texto. En el caso de las imágenes y gráficas, el formato del archivo deberá ser JPG con una extensión máxima de 300 pixeles por pulgada. Toda presentación de tablas, imágenes, figuras y gráficas deberá traer una nota en la parte inferior en la que se especifique su fuente, aun cuando se trate de una elaboración de los autores. En este último caso deberá escribirse: elaboración propia.

3.2.2. De estructura

Los artículos deberán contar con la siguiente estructura:

Título: con una extensión de entre 15 a 20 palabras, debe dar cuenta del contenido del texto y de sus palabras clave.

Resumen en español: debe ser una presentación breve del problema abordado, la metodología seguida por los autores en la composición del artículo, los resultados más relevantes y las conclusiones. Su extensión máxima será de 250 palabras.

Palabras clave: son las categorías que orientan el desarrollo del escrito. En lo posible, deberán coincidir con las que se encuentran disponibles en tesauros internacionales. Para ello, sugerimos a los autores uno de los más empleados: el tesauro de la Unesco, disponible en el siguiente enlace: http://vocabularies.unesco.org/browser/thesaurus/es/.

Abstract: consiste en la presentación en inglés de del contenido del resumen.

Key Words: son las palabras clave escritas en inglés. Sugerimos revisar los tesauros internacionales de palabras clave para evitar traducciones imprecisas.

Introducción: debe contener una presentación clara del problema que se aborda en el documento y de la estructura según la cual se presentará el contenido.

Contenido: las secciones dependen del tipo de artículo que se presente. Las diferentes clases de artículo que publica la Revista se encuentran en el numeral 3.1. de este documento de políticas para autores.

Conclusiones: Comprenden una recapitulación de los principales hallazgos y una presentación de las tesis que dan respuesta a los problemas abordados en el trabajo.

Referencias: Deberán incluirse solamente aquellas fuentes que fueron efectivamente empleadas para elaborar el texto. 

En una nota al pie de página superpuesta al nombre del autor al inicio del artículo, deberá mencionarse su filiación institucional, máximo título académico obtenido y correo electrónico institucional.

 

4. Titulación, citación y referenciación

La titulación del artículo deberá hacerse en números arábigos, con máximo tres niveles de subtitulación (1.; 1.1.; 1.1.1.). Las secciones de resumen, introducción, conclusiones y referencias no deberán tener numeración.

En cuanto a las citas y referencias del escrito, se advierte que es necesario que los autores se esmeren por presentar la información de las fuentes que emplean de la manera más clara y precisa posible, con el fin de que puedan ser rastreadas por otros autores. El sistema de citación y referenciación estará en principio orientado por las normas establecidas en la sexta edición del Manual de Estilo de la American Psychological Association (APA). Sin embargo, en este documento de políticas para autores se presentarán algunas adaptaciones en cuanto a la citación y referenciación de documentos jurídicos. 

4.1. Citación

Las citas de un artículo son aquellas anotaciones que el autor hace dentro del texto para indicar información relevante sobre las fuentes que ha consultado y empleado en su elaboración. El estilo APA requiere que el autor del trabajo documente su estudio a través del texto, identificando autor y fecha de los recursos investigados. Este método de citar por autor fecha (apellido y fecha de publicación), permite al lector localizar la fuente de información en orden alfabético, en la lista de referencias al final del trabajo.

4.1.1. Las citas pueden hacerse empleando las mismas palabras encontradas en la fuente consultada (cita textual) o parafraseando su contenido (parafraseo), esto es, empleando palabras y estructuras gramaticales distintas pero conservando la esencia del mensaje original.

En el caso de citas textuales, deberán tenerse en cuenta las siguientes reglas, según el número de palabras que se tomen de la fuente original:

Cuando las citas directas son cortas (menos de 40 palabras), éstas se incorporan a la narrativa del texto entre comillas y sin cursiva, incluyendo al final y entre paréntesis el apellido del autor, año de publicación y la página en donde aparece la cita.

Ejemplo:

“En estudios psicométricos realizados por la Universidad de Connecticut, se ha encontrado que los niños tienen menos habilidades que las niñas” (Ferrer, 1986, p.454).

Cuando las citas directas constan de 40 ó más palabras, éstas se presentan en párrafo independiente sin el uso de comillas y con un espacio adicional de sangría izquierda. Debe incluirse al final y entre paréntesis el apellido del autor, año de publicación y la página en donde aparece la cita.

Ejemplo:

Miele (1993) encontró lo siguiente:

El “efecto de placebo” que había sido verificado en estudio previo, desapareció cuando las conductas fueron estudiadas de esta forma. Las conductas nunca fueron exhibidas de nuevo aun cuando se administran drogas verdaderas. Estudios anteriores fueron claramente prematuros en atribuir los resultados al efecto placebo (p. 276).

4.1.2. Según el número de autores de la fuente original citada, se deberán tener en cuenta las siguientes reglas:

Se incluirá dentro de un paréntesis el primer apellido del autor y el año de la publicación separado por una coma. Cuando el apellido del autor forma parte de la narrativa, se incluye solamente el año de publicación del artículo entre paréntesis. Se podrán incorporar dentro del texto la fecha de la publicación y el apellido del autor, caso en el cual no será necesario el uso de paréntesis.

Ejemplos:

  1. De acuerdo a Meléndez Brau (2000), el trabajo afecta los estilos de ocio…
  2. En un estudio sobre la influencia del trabajo sobre los estilos de ocio…(Meléndez Brau, 2000).
  3. En el año 2000, Meléndez Brau estudió la relación entre los estilos de ocio y el trabajo…

Para citar obras con múltiples autores se seguirán las siguientes reglas:

Cuando un trabajo tenga dos autores, siempre se citarán los dos apellidos cada vez que la referencia ocurre en el texto.

Cuando un trabajo tenga tres, cuatro o cinco autores, se escribirán todos los apellidos de los autores en la primera cita. En las subsiguientes, se escribirá solamente el apellido del primer autor seguido de la frase “et al.” y el año de publicación.

Cuando una obra se compone de seis o más autores (as), se cita solamente el apellido del primer autor seguido por la frase “et al.” y el año de publicación, desde la primera vez que aparece en el texto. En la lista de referencias, sin embargo, se deberán indicar los apellidos de todos los autores.

Ejemplos:

Ramírez, Santos, Aguilera y Santiago (1999) encontraron que los pacientes… (Primera vez que se cita en el texto).

Ramírez et al. (1999) concluyeron que… (Próxima vez que se menciona en el texto).

4.1.3. Algunos casos especiales de citación.

En el caso de que se citen dos o más obras por diferentes autores en una misma referencia, se deberán escribir los apellidos y respectivos años de publicación separados por un punto y coma dentro de un mismo paréntesis.

Ejemplos:

En varias investigaciones (Ayala, 1994; Conde, 1996; López y Muñoz, 1999) concluyeron que…

En el evento en el que se deba citar un documento sin fecha, se escribirá la sigla s.f. en el lugar en el que deba indicarse el año de la publicación.

Ejemplo:             

La sociedad colombiana atravesó una época de confusión y guerra civil (Trujillo, s.f.).

Cuando se requiera hacer la cita de una cita, esto es, en los casos en los que se quiera traer al texto el mensaje de un autor que aparece citado por otro en un texto diferente, se tendrá que hacer la aclaración entre paréntesis, indicando el apellido del autor que inicialmente citó, seguido del año de la publicación en la que aparece dicha citación. En las referencias, deberá indicarse la información de la fuente que se leyó para citar al primer autor.

Ejemplo:

Para Arendt (citada por Reyes, 2009), la violencia no resulta ser el mecanismo más eficaz para terminar un ciclo de guerra.

En el caso de citas de un autor anónimo, tendrá que indicarse el título de la obra en el lugar en el que se escribe el apellido del autor, seguido del año de la publicación. Si se trata de un artículo de sitio web, periódico, revista o capítulo de libro, será necesario expresar el título entre comillas.

Ejemplo:

En el poema se refleja la injusticia social que subyace al sistema de salud (“Cartas a una Hermana”, 1980).

En el caso de citas de un autor corporativo, es decir de una organización que figura como autor de la fuente, deberá indicarse el nombre su completo, acompañado del año de la publicación, cuando se trate de la primera cita en el texto. Para las siguientes citas deberá expresarse la sigla de la organización si la tiene.

Ejemplo:

Primera cita: La población en desplazamiento se encuentra atrapada en una trampa de pobreza (Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento, 2010).

Citas subsiguientes: Más de la mitad de los hogares en desplazamiento se encuentran por debajo de la línea de pobreza (CODHES, 2010)

Cuando se deban citar dos textos publicados por un mismo autor en el mismo año, se distinguirá cada fuente con una letra del alfabeto escrita en minúscula después del año de la publicación. La fuente que haya sido publicada primero se identificará con la letra a, la siguiente con la letra b y se emplearán las demás del alfabeto según sea el número de recursos que deban citarse.

Ejemplos:

Los derechos de las víctimas deben ser protegidos en contextos de transición del conflicto hacia la paz (Uprimny, 2010a; Uprimny, 2010b).

4.1.4. La cita de normas y documentos jurídicos se hará siguiendo las reglas que se presentan a continuación:

En el caso de normas (Tratados Internacionales, Constitución, leyes, decretos, resoluciones), deberá indicarse el nombre corto de la norma y su número seguido del año de su publicación, separado por una coma. En caso de que se cite una sección o artículo específico, deberá indicarse a continuación. Los numerales o literales de los artículos de las normas se deberán indicar con un guion.

Ejemplos:

Tratado Internacional

Según los tratados internacionales, algunos integrantes de las misiones diplomáticas gozan de cierta inmunidad frente a las autoridades de los estados en los que desempeñan su labor (Convención de Viena, 1969).

Constitución

Al tenor de la Constitución, la vida es un derecho fundamental que no podrá ser limitado en estados de excepción (Constitución Política, 1991, art. 214-2)

Leyes

La Ley de Víctimas ha integrado el concepto de reparación transformadora dentro de su cuerpo de principios (Ley 1448, 2011, art. 25)

Decretos

En principio, la acción de tutela no es procedente para invocar la protección de derechos colectivos (Decreto 2591, 1991, art. 6-3).

Resoluciones

El uso del algodón como alimento o como materia para la elaboración de alimentos fue autorizado solamente para una de las sociedades comerciales importadoras (Resolución 004007, 2016, art. 1).

Para citar sentencias judiciales, deberá indicarse entre paréntesis el nombre del juez o tribunal que la profiere, la palabra “sentencia” o “auto” (según sea el caso) junto con el número o código de la de la decisión, seguida de la fecha de su publicación.

Ejemplos:

El Juez Constitucional declaró el estado de cosas inconstitucional frente a la grave crisis humanitaria de la población en situación de desplazamiento forzado (Corte Constitucional, Sentencia T-025 de 2004).

Los jueces han recurrido a mecanismos simbólicos de reparación en eventos de grave lesión a los derechos humanos y el derecho internacional humanitario (Consejo de Estado, Sentencia 25000-23-27-000-2002-00004-01, 15 de agosto de 2007).

Uno de los argumentos que empleó la Sala de Casación Civil para declarar prematura la decisión del Tribunal Superior que concedió el recurso de casación, fue que no se podía tener en cuenta el monto de los perjuicios extrapatrimoniales, reclamados por cada demandante, para determinar si la cuantía del proceso hacía procedente la casación (Corte Suprema de Justicia, Auto 73268-3103-002-2010-00216-01, 18 de diciembre de 2011).

4.2. Referenciación

La sección de Referencias muestra una lista de las fuentes que empleó el autor para elaborar el documento, indicando los datos editoriales más importantes. Debe estar alfabéticamente organizada, teniendo en cuenta el primer apellido del autor. Las reglas que se indicarán en los siguientes ejemplos, están basadas principalmente en los parámetros establecidos en la sexta edición del Manual de Estilo de la American Psychological Association (APA). Algunos criterios que deberán tenerse en cuenta son:

La lista tiene un orden alfabético por apellido del autor y se incluye las iniciales de sus nombres de pila.

Debemos sangrar la segunda línea de cada entrada en la lista a cinco espacios (utilice la función sangría francesa del procesador de palabras).

Los títulos de revistas o de libros se ponen en letra itálica; en el caso  de revistas, la letra itálica comprende desde el nombre de la revista hasta el número del volumen (incluye las comas antes y después del número del volumen).

Se debe dejar un solo espacio después de cada signo de puntuación.

Formatos básicos generales.

Publicaciones no periódicas (libros)

Autor, A.A. (año). Título de la obra. Lugar de publicación: Editor

Publicaciones periódicas (revistas)

Autor, A.A. (año). Título del artículo. Título de la revista, volumen, número, página inicial-página final.

Revistas profesionales o “journals”

Artículo con dos autores:

Campoy, T.J. y Pantoja, A. (2005). Hacia una expresión de diferentes culturas en el aula: percepciones sobre la educación multicultural. Revista de Educación, 336, 415 – 136.

Artículo con un solo autor:

Pantoja, A. (2005). La acción tutorial en la universidad: propuestas para el cambio. Cultura y Educación, 17 (1), 67-82.

Revista popular (magacín)

Sánchez, A. (2000, mayo). Bogotá: La capital más cercana a las  estrellas.

Geomundo, 24, 20-29.

Se incluye la fecha de la publicación – el mes en el caso de publicaciones mensuales y el mes y el día en el caso de publicaciones semanales. Se incluye número de volumen.

Artículos de periódicos

Ferrer, M. (2000, 14 de julio). El centro de Bellas Artes escenario para 12 estrellas de ópera. El San Juan Star, p. 24

Ejemplos de referencia a libros

Pantoja, A. (2004). La intervención psicopedagógica en la Sociedad de la Información. Educar y orientar con nuevas tecnologías. Madrid: EOS.

Libro con nueva edición:

Match, J. E., y Birch, J. W. (1987). Guide to successful thesis and dissertation

(4th ed). New York: Marcel Dekker.

Libro con autor colectivo (agencia de gobierno, asociaciones,  Institutos

Científicos, etc.):

American Psychological Association. (2001). Publication manual of the American Psychological Association (5th ed.). Washintong, DC: Author.

Cuando el autor y editor son los mismos, se utilice la palabra Author (Autor) para identificar la casa editora.

Enciclopedia:

Llorca, C. (1991). Revolución Francesa. En Gran enciclopedia RIALP. (Vol. 20, pp. 237-241). Madrid: Ediciones RIALP.

Tesis de maestría no publicada

Rocafort, C. M., Sterenberg, C., y Vargas, M. (1990). La importancia de la comunicación efectiva en el proceso de una fusión bancaria. Tesis de maestría no publicada, Universidad del Sagrado Corazón, Santurce, Puerto Rico.

Recursos electrónicos

La World Wide Web nos provee una variedad de recursos que incluyen artículos de libros, revistas, periódicos, documentos de agencias privadas y gubernamentales, etc. Estas referencias deben proveer al menos, el título del recurso, fecha de publicación o fecha de acceso, y la dirección (URL) del recurso en la Web. En la medida de lo posible, se debe proveer el autor del recurso.

Documentos con acceso en el World Wide Web (WWW):

Brave, R. (2001, December 10). Governing the genome. Retrieved June 12, 2001, from

http://online.sfsu.edu/%7Erone/GEessays/GoverningGenome.html

Suñol. J. (2001). Rejuvenecimiento facial. Recuperado el 12 de junio de 2001, de http://drsunol.com

Artículo de revista localizado en un banco de datos (ProQuest):

Lewis, J. (2001). Career and personal counseling: Comparing process and outcome. Journal of Employment Counseling, 38, 82-90. Retrieved June 12, 2002, from http://proquest.umi.com/pqdweb

Artículo de un periódico en formato electrónico:

Melvilla, N. A. (2002, 6 de junio). Descubra los poderes del ácido fólico. El Nuevo Día Interactivo. Recuperado el 12 de junio de 2002, de http://endi. com/salud

Documentos jurídicos y gubernamentales de Colombia: Constitución Política

Nombre oficial de la Constitución. Artículo específico citado. Fecha de promulgación.

Ej. Constitución Política de Colombia. Art. 23. Julio 20 de 1991.

Leyes

Número y año de la Ley. Asunto. Fecha completa de promulgación. Número en el Diario Oficial.

Ej. Ley 80 de 1993. Por la cual se expide el estatuto general de contratación de la administración pública. Julio 28 de 1993. Diario Oficial No. 41094.

Códigos

Título Oficial del Código. Número y año de la Ley a que corresponde.  Artículo(s) citado(s). Fecha de promulgación (País)

Ej. Código Contencioso Administrativo. Decreto 1 de 1984. Art. 145. Enero 2 de 1994.

Decretos, Ordenanzas, Acuerdos, Resolución

Número y año del Decretos/Ordenanzas/Acuerdos/ Resolución. Asunto. Fecha de promulgación del acto. [Ente que lo promulgó]

Ej.

Decreto 2473 de 2010. Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 80 de 1993, la Ley 590 de 2000, la Ley 816 de 2003 y la Ley 1150 de 2007. Julio 9 de 2010 [Presidencia de la República].

Jurisprudencia

Tribunal que profiere la Sentencia. Sala o Sección (en caso de ser aplicable). Número de Sentencia o del proceso (Magistrado/Consejero ponente/ Juez; fecha).

Ej.

Corte Constitucional. Sala plena. Sentencia C-649/10. (Magistrado Ponente Humberto Antonio Sierra Porto; 24 de agosto de 2010).

Los artículos deben hacerse llegar en medio impreso y magnético al Centro de Investigaciones Socio-Jurídicas de la Universidad Santo Tomás Tunja, junto con una declaración de originalidad (el formato se anexa al presente instructivo). El Correo electrónico de la Revista es: revistaderecho@ustatunja.edu.co.

La revista se publica en el mes de marzo de cada año, razón por la cual los artículos pueden hacerse llegar al editor dentro de los plazos que se establezcan en dos convocatorias anuales.

5. Consideraciones éticas para autores, editores y evaluadores[5]

La Revista Iter Ad Veritatem acoge el “Código de conducta y la Guía de buenas prácticas para editores de revistas científicas” (disponible en: http://publicationethics.org/files/Code%20of%20Conduct_2.pdf.), así como lo dispuesto en el ordenamiento colombiano para la protección de los derechos a la intimidad en el manejo de información personal en bases de datos.

En los procesos editoriales que se adelanten se deberán tener en cuenta las siguientes consideraciones éticas:

5.1. Para Autores

- Los trabajos que postulen los autores no deberán enviarse simultáneamente a otras revistas. En caso de considerarse hacerlo, tendrán que informar por escrito al Editor. Si llegare a publicarse un artículo que haya sido postulado y publicado en otra, no se recibirán contribuciones del autor en las siguientes dos ediciones.

- Se considera inaceptable reproducir total o parcialmente textos de otros autores sin indicar con claridad su procedencia. En ese evento, deberá informar por escrito al Editor para que se haga la correspondiente corrección y ajuste del documento en la siguiente edición en la sección de Fe de Erratas. De no hacerlo, no se recibirán contribuciones del autor en las siguientes tres ediciones.

- Se considera inaceptable incorporar total o parcialmente textos propios que ya hayan sido publicados sin indicar claramente su lugar original de publicación. En ese evento, deberá informar por escrito al Editor para que se haga la correspondiente corrección y ajuste del documento en la siguiente edición en la sección de Fe de Erratas. De no hacerlo, no se recibirán contribuciones del autor en las siguientes tres ediciones.

- Los autores se comprometen a realizar las tareas que se deriven del proceso de arbitraje y publicación, tales como: revisión e incorporación de las correcciones sugeridas por el evaluador, respuesta a las observaciones y dudas resultado de la edición del documento (corrección de estilo y adecuación a la pauta editorial), y realización de dichas labores dentro de los plazos acordados entre el autor y el editor.

5.2. Para el Editor

- Es menester del Editor esforzarse por satisfacer las necesidades de los autores y lectores relacionadas con los procesos de edición, evaluación y difusión de la revista.

- Respetar la confidencialidad que requiere su rol como editor y no revelar detalles del artículo o su revisión, durante o después de la evaluación, entre aquellos que estén relacionados con el proceso editorial de La Revista.

- Intentar mejorar constantemente los procesos de la revista.

- Contar con procesos que garanticen con la calidad del material que se publica.

- Abogar por la defensa de la libertad de expresión.

- Siempre estar dispuesto a publicar correcciones, aclaraciones, retracciones y disculpas cuando sea necesario.

5.3. Para los Pares evaluadores

- Sólo han de comprometerse a evaluar artículos para los cuales tengan la suficiente experticia requerida para emitir un juicio adecuado y objetivo, y que puedan hacerlo en un tiempo razonable, cumpliendo con los plazos establecidos.

- Respetar la confidencialidad que requiere su rol como par evaluador y no revelar detalles del artículo o su revisión, durante o después de la evaluación, entre aquellos que estén relacionados con el proceso editorial de La Revista.

- Declarar todos los posibles conflictos de intereses que pudieran tener con el artículo o las investigaciones involucradas, y que puedan afectar la imparcialidad de su evaluación.

- Ser objetivo y constructivo en sus observaciones, evitando las anotaciones hostiles o comentarios prejuiciosos que puedan afectar la imparcialidad de su evaluación.

 

FORMATO DE EVALUACIÓN DE ARTÍCULOS

DECLARACIÓN DE ORIGINALIDAD DE ARTÍCULO PRESENTADO