Eliminación del incentivo económico de las acciones populares: “constitucional pero inconveniente”

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Luz Ángela Liliana del Carmen Vega-Orjuela

Resumen

El presente documento busca responder a la pregunta: ¿se han desmotivado los ciudadanos a interponer acciones populares, por la derogatoria del incentivo ecónomico otorgado a aquellas personas que lograban un fallo favorable, contemplado en la ley 472 de 1998? A través del análisis juridico de los antecedentes que dieron origen a la accion popular, de la actual situación en el derecho comparado, así como del precedente jurisprudencial de la Corte Constitucional que soportó el diseño de la derogatoria; concluimos que es posible que los ciudadanos hayan perdido el interés en participar como actores populares, al no contar con el estímulo económico que antes motivaba su actuación, por lo que una vez más una norma constitucional devendría en inconveniente. El documento ofrece una revisión de algunas categorías como: libertad de configuración legislativa, los principios de solidaridad e igualdad en el marco de un Estado Social de Derecho, en donde se sugiere que el legislador debió hacer un estudio más profundo sobre la problemática que se advertía con la pretendida derogatoria, y que para no debilitar la protección de los derechos colectivos ha debido dejar incólume la responsabilidad establecida en el artículo 40 de la ley 472 de 1998.

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