Protección jurídica del bien jurídico de la seguridad vial en Colombia, análisis del proyecto de ley 110 del senado
Contenido principal del artículo
Resumen
La seguridad vial en Colombia es un
tema que actualmente ocupa un lugar
privilegiado en las discusiones jurídicas
dentro de la academia y el Congreso
Nacional.
El proyecto de ley que actualmente cursa
en el Congreso de la República, ha sido
objeto de debate y controversia, dado que
al establecer penas de prisión para el
conductor que sea sorprendido manejando
un vehículo bajo los efectos del alcohol o
sustancias psicoactivas, sin llegar si quiera
a causar algún daño, estaría reviviendo
un tipo de responsabilidad objetiva,
responsabilidad que actualmente está
proscrita en nuestro ordenamiento jurídico.
El alicoramiento previo o concomitante
al ejercicio de una actividad altamente
peligrosa, generadora de riesgos reales,
como es la conducción de vehículos o
motocicletas, en la que se compromete
la vida e integridad de los agentes que
participan en la movilidad, sean estos
conductores, pasajeros o peatones, infringe
una norma que impone el deber de cuidado
y que sin lugar a dudas impide que la
alteración física o síquica del individuo
con el consumo de bebidas embriagantes
o alucinógenas sea considerada como
medida de cuidado o previsión para
evitar un resultado lesivo en el desarrollo
de la actividad, por el contrario dicha
imprevisión se estima como grave y
bajo tales circunstancias es que se hace
necesario que su reglamentación tenga
efectos en el derecho penal, como ultima
ratio.
tema que actualmente ocupa un lugar
privilegiado en las discusiones jurídicas
dentro de la academia y el Congreso
Nacional.
El proyecto de ley que actualmente cursa
en el Congreso de la República, ha sido
objeto de debate y controversia, dado que
al establecer penas de prisión para el
conductor que sea sorprendido manejando
un vehículo bajo los efectos del alcohol o
sustancias psicoactivas, sin llegar si quiera
a causar algún daño, estaría reviviendo
un tipo de responsabilidad objetiva,
responsabilidad que actualmente está
proscrita en nuestro ordenamiento jurídico.
El alicoramiento previo o concomitante
al ejercicio de una actividad altamente
peligrosa, generadora de riesgos reales,
como es la conducción de vehículos o
motocicletas, en la que se compromete
la vida e integridad de los agentes que
participan en la movilidad, sean estos
conductores, pasajeros o peatones, infringe
una norma que impone el deber de cuidado
y que sin lugar a dudas impide que la
alteración física o síquica del individuo
con el consumo de bebidas embriagantes
o alucinógenas sea considerada como
medida de cuidado o previsión para
evitar un resultado lesivo en el desarrollo
de la actividad, por el contrario dicha
imprevisión se estima como grave y
bajo tales circunstancias es que se hace
necesario que su reglamentación tenga
efectos en el derecho penal, como ultima
ratio.
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Por medio de esta comunicación certifico que el artículo que estoy presentando para posible publicación en la revista Iter Ad Veritatem, es de mi entera autoría, siendo sus contenidos producto de mi directa contribución intelectual. Todos los datos y alusiones a otras publicaciones en el documento están debidamente identificados con su respectiva cita y referencia. Declaro que el material presentado se encuentra conforme a la legislación aplicable en materia de propiedad intelectual. Por lo tanto, me hago responsable de cualquier reclamación relacionada con su transgresión. En caso de que el artículo presentado sea publicado, manifiesto que cedo plenamente a la Universidad Santo Tomás, seccional Tunja, los derechos de reproducción del mismo. Como contraprestación de la presente cesión, declaro mi conformidad de recibir tres (3) ejemplares del número de la revista en que aparezca mi artículo.