Ley 1273 de 2009: ¿Los jueces del cibercrimen?

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Eduardo José Acuña-Gamba
Diego Andres Sotelo-Vargas

Resumen

El presente artículo es la reflexión de los autores respecto al desarrollo de la tecnología, ya que ha generado que las relaciones entre las personas y el Estado, en gran parte se vuelvan asimétricas, en el entendido de que el derecho no va a la velocidad con la que aparecen nuevas fuentes de riesgo en el mundo digital. Aunado a esto se hace difícil la capacitación del aparato Estatal, para dar una respuesta efectiva y garantizar los derechos de los asociados. Sin embargo, en un esfuerzo por parte del Estado Colombiano se expide la Ley 1273 de 2009, que pretende dar respuesta al cibercrimen, pero que al revisarse desde la doctrina y el derecho comparado, se podrá vislumbrar la dificultad de la aplicación en el ámbitonacional, dando como resultado un desconocimiento o un mal ejercicio legal.

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Bell, D. (1976). The comino of Pos- Industrial Society a Venture in social forecasting. Harmosdsworth: Peregrine.

Cano Martínez, Jeimy José. (Coord.). (2010). El peritaje informático y la evidencia digital en Colombia: conceptos, retos y propuestas. Bogotá (Colombia): Universidad de Los Andes.

Colombia. Ley 1273 de 2009. Por medio de la cual se modifica el Código Penal, se crea un nuevo bien jurídico tutelado - denominado “de la protección de la información y de los datos”- y se preservan integralmente los sistemas que utilicen las tecnologías de la información y las comunicaciones, entre otras disposiciones. Diario Oficial 47.223
de enero 5 de 2009.

Consejo de Europa (2001). Convenio sobre la Ciberdelincuencia de BUDAPEST Tomado el 3 de noviembre de 2014 http://www.coe.int/t/dghl/cooperation/economiccrime/Source/Cybercrime/TCY/ETS_185_spanish.PDF

___________ (2008) Protocolo Adicional al Convenio de Ciberdelincuencia Tomado el 13 de noviembre de 2014 http://www.plataformaong.org/conferencia/wp-content/uploads/2014/10/Protocolo_adicional_convencion_cibercrimen.pdf

Consumers International. (2010). Acceso al conocimiento: Una guía para todos. Malasia: Kuala Lumpur.

Díaz Alexander (2014). En busca de cura para los delitos informáticos. Tomado el 3 de noviembre de 2014 http://www.elespectador.com/noticias/politica/busca-de-curalos-delitos-informaticos-articulo-492170

Fundación Telefónica. (2013). La sociedad de la información en España 2012. Barcelona: Ariel.

García de la Cruz, Juan Manuel. (2009). Delitos informáticos. Argentina: El Cid Editor.

Ministerio de Ciencia y Tecnología. (2003). La sociedad de la información en el siglo XXI: un requisito para el desarrollo. Madrid: Ministerio de Ciencia y Tecnología.

Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (2013). Phishing: ten Cibercuidado y denúncialo. Tomado el 3 de noviembre de 2014 http://www.enticconfio.gov.co/index.php/delitos-informaticos-formadores/item/892-phishing-ten-cibercuidadoy-denúncialo.html

_________________ (2014). Comentarios en Internet: ¿Opinión o Información? Tomado el 8 de noviembre de 2014 http://www.enticconfio.gov.co/index.php/delitos-informaticosformadores/
item/1118-comentarios-en-internet-¿opinión-o-información?.html

_________________ (2014). ¿Cómo actúan algunos Ciberdelincuentes? Tomado el 7 de noviembre de 2014 http://www.enticconfio.gov.co/index.php/delitos-informaticosformadores/
item/1106-¿cómo-actúan-algunos-ciberdelincuentes?.html

Nonaka, L., & Takeuchi, H. (1999). La organización creadora del conocimiento. D. F. México : Oxford University Press.

Quiroga, D. P. (2010). La revolución de las tecnologías de la información y la gestión del conocimiento. En D. P.

________ La gestión del conocimiento y las tecnologías de la información y la comunicación en las organizaciones (pp. 29-63). Cali: Universidad Autónoma de Occidente.

Ríos Ferrer, Rolando; Matos Nadal, Rafael; Polo Maceira, Elena (2009). Las categorías derecho informático y delito informático: su dimensión socio-económica en el nuevo marco empresarial cubano. Argentina: El Cid Editor.

Sotelo Vargas, Diego Andrés. (2013). “El Habeas Data en las redes sociales online: Responsabilidad y vigilancia”, Bogotá. En: Revista Dissertum edición VI. Universidad de La Sabana, pp. 11–30.

UNESCO. (2005). Hacia las sociedades del conocimiento. Paris: Jouve Mayenne France.

Valdés, L. (2002). La re-evolución empresarial del siglo XXI. España: Norma.

Valhondo, D. (2003). Gestión del conocimiento, del mito a la realidad. Madrid: Díaz de Santos.

Vilaseca, J., & Torrent, J. (2005). Principios de economía del conocimiento: Hacia una economía global del conocimiento. España: Ediciones Pirámide.